Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: semana 11 de diciembre

Proyecto de resolución que prescribiría el formato de reporte de conciliación fiscal

Impuestos, NORMATIVIDAD, Proyectos Publicado: 21 diciembre, 2017

Por la cual se prescribiría el formato de reporte de conciliación fiscal de que trata el numeral 2 del artículo 1.7.1 del Decreto 1625 del 11 de octubre de 2016, único reglamentario en materia tributaria.

Decreto 2091 de 12-12-2017

Decreto, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 12 diciembre, 2017

Teniendo en cuenta que con las modificaciones realizadas por la Ley 1819 de 2016 era necesario entre otras, unificar el procedimiento para la administración y disposición de los bienes adjudicados a favor de la Nación y los recibidos en dación en pago, reglamentar la competencia para decretar y/o autorizar la adjudicación de bienes, los efectos y procedencia de tal adjudicación, los requisitos para la solicitud de adjudicación, así como los fundamentos para la expedición del concepto de viabilidad de la misma, y definir el procedimiento para la venta, donación de bienes a entidades estatales, aceptación y retiro de los bienes donados, destrucción y/o gestión de residuos o chatarrización, recaudo de los ingresos percibidos por la administración o disposición de los bienes y el tratamiento que se debe dar a los gastos de administración de los mismos; el Ministerio de Hacienda expidió el Decreto 2091 del 12 de diciembre de 2017 con el cual se reglamentan los temas antes mencionados, contemplados en los artículo 833 y 840 del ET.

Oficio 220-282150 de 06-12-2017

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 6 diciembre, 2017

El artículo 20 de la Ley 1258 de 2008 establece de manera particular para las sociedades por acciones simplificadas que, salvo estipulación estatutaria en contrario, la asamblea será convocada por el representante legal de la sociedad, mediante comunicación escrita dirigida a cada accionista con una antelación mínima de cinco (5) días hábiles; Así mismo, cuando hayan de aprobarse balances de fin de ejercicio u operaciones de transformación, fusión o escisión, el derecho de inspección de los accionistas podrá ser ejercido durante los cinco (5) días hábiles anteriores a la reunión, a menos que en los estatutos se convenga un término superior. De esta manera, el plazo determinado por la ley para la publicidad del proyecto de escisión o de fusión es mínimo de cinco (5) días, por lo cual el no cumplimiento del mismo, inexorablemente acarrea la consecuencia determinada en el artículo 13 de la Ley 222 de 1995, que es la ineficacia de las decisiones relacionadas con la escisión o fusión respectivas.

Concepto 1056 de 05-12-2017

Auditoría y Revisoría Fiscal, Concepto / Oficio, NORMATIVIDAD Publicado: 5 diciembre, 2017

El CTCP precisa que, dependiendo del tipo de entidad sin ánimo de lucro, se deberá cumplir con el requerimiento de tener revisor fiscal si el marco normativo aplicable a la entidad así lo exige.

Concepto 036688 de 01-11-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 1 noviembre, 2017

De acuerdo con el artículo 6 de la Ley 44 de 1990, una vez se lleve a cabo la formación o actualización catastral en los térmnos de la Ley 14 de 1983, el impuesto predial a pagar no podrá exceder del doble del impuesto liquidado en el año inmediatamente anterior. En este sentido, la administración municipal está en la obligación de respetar las limitaciones consagradas en el artículo 6 de la citada ley; dicha disposición no contiene ninguna restricción en relación con las vigencias, por lo que si el valor resultante del impuesto (avalúo por tarifa) excede el doble del monto liquidado por el mismo concepto en más de una vigencia, el límite del impuesto deberá respetarse en cada una de ellas. Ahora bien, la norma contempla algunas excepciones aplicables para la generalidad de los predios que cumplan con las características o aspectos definidos en el artículo, independientemente de su ubicación en el área rural, urbana o suburbana. Sin embargo, para el caso de predios en el sector rural, deberá tenerse en cuenta que tal limitación no aplica si: I) los predios se incorporan por primera vez al catastro, y II) si el predio figuraba como lote no construido y el nuevo avalúo obedece a la construcción o edificación en él realizada.

Concepto 890 de 19-10-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 19 octubre, 2017

Los ganaderos, personas naturales (que lleven contabilidad como medio de prueba) y personas jurídicas (cualquier que sea su forma asociativa), deberán clasificarse en alguno de los tres grupos definidos para la aplicación e implementación de los estándares internacionales de información financiera que les corresponda, validando su situación considerando los requisitos de clasificación contemplados en los decretos reglamentarios de la Ley 1314 de 2009.

Concepto 875 de 12-10-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 12 octubre, 2017

Los lineamientos para el reconocimiento del impuesto diferido para una entidad del grupo 2, están descritos en la sección 29 del nuevo marco técnico normativo para pymes. La compensación de activos y pasivos por impuestos diferidos es posible, si se cumplen los lineamientos del párrafo 29.37 de la sección 29 del nuevo marco técnico normativo para pymes.

Concepto 882 de 11-10-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 11 octubre, 2017

Una entidad que haya realizado el proceso de conversión, considerando que pertenecía al grupo 2 cuando en realidad pertenecía al grupo 1, debe preparar el ESFA con base en el marco técnico normativo para el grupo 1, y establecer los efectos retroactivos que surgen de re expresar todos los estados financieros emitidos hasta la fecha.

Concepto 877 de 10-10-2017

Auditoría y Revisoría Fiscal, Concepto / Oficio, NORMATIVIDAD Publicado: 10 octubre, 2017

La existencia o aceptación de la opción de compra en un contrato de arrendamiento, no es el único factor a analizar para determinar si corresponde a un arrendamiento financiero o no, pues existen casos en los cuales se cumple con la definición de arrendamiento financiero pero no se ejerce la opción de compra. 

Concepto 870 de 09-10-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 9 octubre, 2017

Si una copropiedad no siguió los lineamientos para la elaboración de los primeros estados financieros al cierre del 31 de diciembre de 2015, señalados en el Decreto 2420 de 2015 el cual recogió el Decreto 2706 de 2012, no será posible aplicar las directrices para el reconocimiento de los errores, sin que previamente sean elaborados dichos estados financieros.

Concepto 873 de 09-10-2017

Auditoría y Revisoría Fiscal, Concepto / Oficio, NORMATIVIDAD Publicado: 9 octubre, 2017

El proceso de confirmación de saldos es un procedimiento común dentro de la labor de auditoría, el cual debe ser adelantado por parte del revisor fiscal. Dicha actividad requiere de la colaboración del representante legal para efecto de firma y envío, y en el texto de las comunicaciones se debe solicitar el envío de las respuestas al revisor fiscal, en aras de transparencia del proceso.

Concepto 023843 de 01-09-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 1 septiembre, 2017

Los beneficios tributarios a la donación o inversión en producción cinematográfica, creados por el artículo 16 de la Ley 814 de 2003 continúan vigentes, con las modificaciones realizadas por la Ley 1607 de 2012. Ahora bien, con la expedición de la Ley 1819 de 2016, desapareció la limitación general a las donaciones consistente en que en ningún caso, la donación podría ser superior al treinta por ciento (30 %) de la renta líquida del contribuyente, determinada antes de restar el valor de la donación. Cabe señalar que, en caso de que las donaciones se realicen a entidades sin ánimo de lucro que hayan sido calificadas en el régimen tributario especial del impuesto de renta y complementario y a las entidades no contribuyentes de que tratan los artículos 22 y 23 del ET, deberán someterse a lo consagrado en el artículo 257 del ET, norma modificada por el artículo 105 de la Ley 1819 de 2016.

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