Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: semana 13 de noviembre

Concepto 17169932 de 25-07-2017

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 25 julio, 2017

Respecto a la información pública de precios, la Superintendencia de Industria y Comercio precisa que de acuerdo con el artículo 26 de la Ley 1480 de 2011, los proveedores se encuentran obligados a informar al consumidor, en pesos colombianos, el precio de venta al público, incluidos todos los impuestos y costos adicionales de los productos. La fijación de precios en moneda diferente al peso por parte de empresas vigiladas por la Superintendencia de Industria y Comercio solo será legal cuando dicha superintendencia haya impartido instrucciones al respecto, lo que aún no ha ocurrido.

Concepto 17147507 de 14-07-2017

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 14 julio, 2017

La Superintendencia de Industria y Comercio precisa que las penalidades establecidas en relación con los desistimientos de los contratos, serán las que las partes hayan acordado de manera clara en el correspondiente convenio. En caso de tratarse de contratos considerados como de adhesión, deberá garantizarse que se suministre al consumidor la información suficiente que le permita la toma de la decisión. Así mismo, cabe recordar que dentro de las relaciones de consumo es posible pactar penalidades por arrepentimiento entre quienes contratan, siempre y cuando se observen las normas que regulan lo relacionado con las cláusulas prohibidas y las cláusulas abusivas. A su vez, la valoración de si una cláusula es abusiva o no, se dará dentro de un proceso que así lo determine y no mediante un concepto, pues este último, no constituye un medio viable para pronunciarse al respecto.

Concepto 013469 de 08-05-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 8 mayo, 2017

En lo referente al impuesto predial unificado de las zonas de cesión incorporadas al espacio público, los artículos 2.2.6.1.4.6 y 2.2.6.1.4.7 del Decreto 1077 de 2015 establecen que a partir del año en que, a primero de enero, la zona cedida se encuentre incorporada al espacio público de acuerdo con la inscripción de la escritura pública de constitución de urbanización, el predio pasa a ser propiedad del municipio y queda excluido del impuesto predial unificado de acuerdo con el artículo 170 del Decreto Ley 1333 de 1986. Ahora bien, si se trata de predios que han sido destinados al uso público pero que aún son de propiedad de una persona natural o jurídica o sociedad de hecho, estos no son objeto de la exclusión del impuesto predial unificado, pues en los términos del artículo 674 del Código Civil, los bienes públicos son aquellos cuyo dominio pertenece a la república.

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
, ,