Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: semana 14 de agosto

Resolución 000048 de 14-08-2017

Impuestos, NORMATIVIDAD, Resolución Publicado: 14 agosto, 2017

Mediante el Decreto 731 de 2017 el Gobierno nacional estableció tratamientos especiales transitorios en materia de IVA, retención en la fuente e impuesto de renta en el municipio de Mocoa con el objetivo de estimular la demanda interna, contrarrestar los posibles impactos directos sobre la inflación e incrementar el consumo local de los bienes que se producen o comercializan en esa zona. Para acogerse a dichos tratamientos especiales los responsables deben cumplir unas condiciones, entre ellas, la rendición de un informe fiscal de ventas con corte al último día de cada mes. Por lo anterior, y con el ánimo de que los obligados cumplan de manera adecuada con la rendición del informe, la Dian expidió la Resolución 000048 del 14 de agosto de 2017 con la cual establece el grupo de obligados a suministrarle dicho reporte, el contenido, las características técnicas para la presentación y fija los plazos para su entrega.

Proyecto de Decreto modificaría Régimen de Precios de Transferencia

Impuestos, NORMATIVIDAD, Proyectos Publicado: 14 agosto, 2017

Por el cual se sustituyen y modifican artículos  de los capítulos 1, 2, 3 y 4 del título 2 de la parte 2 y el capítulo del título 3 de la parte 6 del libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, en lo relacionado con las modificaciones introducidas al régimen de precios de transferencia por la Ley 1819 de 2016.

Circular 000-0001 de 11-08-2017

Circular, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 11 agosto, 2017

El 11 de agosto de 2017 la Junta Central de Contadores –JCC– expidió la Circular 000-0001 con la cual establece lineamientos sobre algunos aspectos esenciales en el trámite por primera vez de la tarjeta profesional de contador público. Con dicha circular se precisa entre otros que, para acreditar la experiencia técnico contable el solicitante debe presentar una constancia que cumpla los requisitos establecidos en los artículos 29, 30 y 31 de la Resolución 973 de 2015, la cual debe ir firmada por el representante legal y el revisor fiscal, en caso de que quien la expida sea una persona jurídica de naturaleza privada obligada a tener revisor fiscal; si quien la emite es una persona jurídica privada que no se encuentra inscrita en la Cámara de Comercio, se deberá adjuntar Certificado de Existencia y Representación Legal y RUT completo, con fecha de expedición no mayor a 30 días. Así mismo, cabe señalar que dicha constancia deberá estar acompañada de mínimo dos documentos soportes que acrediten mínimo dos de las actividades relacionadas en la misma.

Concepto 696 de 11-08-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 11 agosto, 2017

El CTCP indica que la contabilización de un contrato de participación dependerá de los derechos y obligaciones de los participantes que hayan sido incorporados en el contrato.

Oficio 220-177282 de 11-08-2017

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 11 agosto, 2017

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8 de la Ley 1231 de 2008, modificado por el artículo 88 de la Ley 1676 de 2013, la condición mínima para aquellas entidades que deseen ejercer el factoring en Colombia es estar legalmente organizados como persona jurídica y estar inscritos en la Cámara de Comercio. Quien cumpla con tal condición podrá operar como factor; sin embargo, las condiciones para el ejercicio de dicha actividad no serán las mismas a las que debe sujetarse una empresa que se constituya como sociedad comercial cuyo objeto social consista exclusivamente en realizar operaciones de factoring, pues en esta última está sometida a la vigilancia de la Superintendencia de Sociedades y a los montos de solvencia previstos en la norma; las demás empresas autorizadas para hacer factoring, pero que no se dediquen en exclusiva a esta actividad, en principio no quedarían sujetas a este régimen de controles (estas sociedades quedarían sujetas a la vigilancia de la Superintendencia de Sociedades solo si cumplen con las condiciones previstas en el Decreto 4350 de 2006, pero no operaría respecto de ellas las causales establecidas en los literales f) y g) del artículo 5 del decreto en mención).

Oficio 220-170403 de 04-08-2017

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 4 agosto, 2017

La Supersociedades señala que la enajenación de activos hace referencia a un mecanismo de integración que se logra a través de una acción de reorganización societaria en la cual la compañía transfiere una parte o la totalidad de sus activos y/o pasivos y por esto recibe a cambio dinero o acciones de la empresa que los adquiere, en este último caso, la operación de intercambio conlleva a que la sociedad adquirente consolide su patrimonio con el de la sociedad vendedora, la que subsiste como inversionista con un único activo representado en las acciones que reciba como pago. Ahora bien, en uno u otro caso la enajenación de activos y pasivos puede hacerse en forma total o parcial, sin que en el primer evento la sociedad deje de existir. Si embargo, la operación puede recaer sobre un activo o un pasivo en particular y no necesariamente sobre un conjunto patrimonial de activos y pasivos, pero basta que la negociación supere el 50 % del patrimonio líquido de la compañía en la fecha de la enajenación para que se configure la enajenación global de activos.

Concepto 175461 de 02-08-2017

Concepto / Oficio, Derecho Laboral, NORMATIVIDAD Publicado: 2 agosto, 2017

El soporte para el reconocimiento y pago de viáticos así como de gastos de viaje o de transporte para el contratista de prestación de servicios debe estar contemplado en las cláusulas del contrato suscrito con la entidad, el cual a su vez se soporta en el estudio previo que determina las obligaciones del contratista en atención a las necesidades específicas de la administración.

Resolución 000-0667 de 02-08-2017

Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD, Resolución Publicado: 2 agosto, 2017

Mediante la cual se reglamenta el procedimiento de los «procesos disciplinarios» adelantados por el Tribunal Disciplinario de la UAE Junta Central de Contadores, se derogan las resoluciones 123 de 2014 y 1280 de 2016, y se dictan otras disposiciones.

Oficio 220-164470 de 01-08-2017

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 1 agosto, 2017

La Supersociedades señala que si los estatutos no lo han previsto, los socios de una SAS no pueden convocar reunión directamente, salvo que se trate de decidir sobre la acción social de responsabilidad de que trata el artículo 25 de la Ley 222 de 1995, actuación esta que se dirige contra el administrador o administradores que con su conducta violatoria de la ley y/o de los estatutos, han causado perjuicios a la sociedad, a los socios y/o terceros y que indiscutiblemente conlleva la remoción del cargo que ocupa el o los administradores contra quienes se ejercite. En ese caso la decisión puede ser adoptada sin que incluso conste en el orden del día, como lo prescribe el inciso primero del citado artículo 25 de la Ley 222 de 1995, y la convocatoria a la reunión donde se adopte tal determinación puede ser realizada por un número de socios que represente por lo menos el veinte por ciento de las acciones, cuotas o partes de interés en que esté dividido el capital social.

Resolución 310 de 31-07-2017

Contaduría Pública, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD, Resolución Publicado: 31 julio, 2017

Considerando que las empresas que no cotizan en el mercado de valores y que no captan ni administran ahorro del público actúan como parte demandante o como parte demandada en procesos que buscan el reconocimiento del derecho para quien demanda (los cuales se resuelven mediante procesos judiciales y mecanismos alternativos de solución de conflictos como el arbitraje y la conciliación extrajudicial), y que como medida cautelar pueden ser embargadas las cuentas bancarias de estas empresas a fin de garantizar el pago de las sentencias judiciales cuando los procesos judiciales son en contra de la entidad, la Contaduría General de la Nación expidió la Resolución 310 del 31 de julio de 2017 para incorporal al marco técnico normativo de estas empresas el procedimiento contable para el registro de los procesos judiciales, arbitrajes, conciliaciones extrajudiciales y embargos sobre cuentas bancarias, y modifica el Catálogo general de cuentas de dicho marco normativo.

Oficio 019095 de 18-07-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 18 julio, 2017

La Dian precisa que el prorrateo de los impuestos descontables previsto en el artículo 490 del Estatuto Tributario constituye una regla que aplica siempre que el responsable del impuesto sobre las ventas realice indistintamente operaciones gravadas, exentas y/o excluidas, con el fin de establecer los impuestos descontables del período. Esto naturalmente es previo a la declaración. Luego, si se establece que hay saldo a favor, el responsable del impuesto sobre las ventas que realice alguna de las operaciones exentas descritas en el artículo 481 del ET, debe aplicar el procedimiento establecido en el artículo 489 del mismo estatuto para determinar la proporcionalidad de impuestos descontables que generen saldos a favor susceptibles de ser solicitados en devolución.

Concepto 018856 de 17-07-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 17 julio, 2017

La Dian recuerda que el artículo 115-2 del ET, adicionado por la Ley 1819 de 2016, dice que a partir del año gravable 2017 los contribuyentes podrán deducir para el cálculo de su base gravable del impuesto de renta el valor pagado por concepto de impuesto sobre las ventas por la adquisición o importación de bienes de capital, siempre que los mismos se encuentren gravados por la tarifa general; al respecto del tema, se entiende por bienes de capital aquellos bienes tangibles depreciables que no se enajenen en el giro ordinario de los negocios utilizados para la producción de bienes o servicios. Asimismo, precisa que el artículo 424 del ET consagra una lista de los productos que se encuentran excluidos del IVA y que la maquinaria no se puede categorizar como excluida al no encontrarse enunciada en el artículo de bienes excluidos.

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