Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: semana 2 de julio

Decreto 1150 de 06-07-2018

Aduanera, Decreto, NORMATIVIDAD Publicado: 6 julio, 2018

El MinCIT, mediante el presente decreto, busca que sean aplicados los compromisos arancelarios asumidos en el tercer protocolo adicionado al Acuerdo de complementación económica n.° 49, suscrito entre las repúblicas de Colombia y Cuba.
Cabe resaltar que en el tercer protocolo se profundizan las preferencias arancelarias ya negociadas, se incluyen preferencias a productos nuevos y se regulan otros asuntos de interés para el comercio bilateral. La presente norma entra en vigor a partir de que la Secretaría General de la ALADI reciba las notificaciones de las partes, donde se comunique el cumplimiento los requisitos internos para la incorporación a su legislación interna del tercer protocolo adicional al Acuerdo de complementación económica n.° 49

Decreto 1123 de 29-06-2018

Decreto, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 4 julio, 2018

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el decreto “Por el cual se modifica el Decreto 1625 de 2016 único reglamentario en materia tributaria, para reglamentar la tarifa de retención en la fuente a título de impuesto de renta por exportación de hidrocarburos y dictar normas sobre retención en la fuente a título de impuesto sobre las ventas”.
Por lo anterior, las tarifas de retefuente en renta quedarían así: 3% para exportaciones de hidrocarburos (cuando se realicen con sociedades de comercialización internacional) y 1% para exportaciones de otros productos mineros, incluyendo el oro. Por concepto de retefuente en IVA: 15 % del valor del impuesto – tarifa general. Cabe resaltar que, en la prestación de los servicios de que tratan los numerales 3 y 8 del artículo 437-2 del Estatuto Tributario –ET–, la venta de bienes de que trata el artículo 437-4 de dicho estatuto y la venta de tabaco de que trata el artículo 437-5 del mismo, se aplicará una tarifa de retención en la fuente del 100% a título de IVA.

Circular 022 de 29-06-2018

Circular, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 29 junio, 2018

De acuerdo con la circular 022 de 2018, emitida por la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, a partir del nueve 9 de julio del 2018 estará disponible al público el nuevo aplicativo informático de reposición de materias primas e insumos en la Ventanilla Única de Comercio Exterior –VUCE–, para los usuarios de los sistemas especiales de importación y exportación, que gestionen las solicitudes de autorización de reposición de materias primas e insumos. Para acceder a dicho módulo, los usuarios deberán registrarse ante la VUCE y contar con firma digital; los usuarios que ya posean estas credenciales podrán tener acceso a la herramienta de inmediato.

Circular 021 de 29-06-2018

Circular, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 29 junio, 2018

De acuerdo con la Circular 021 de 2018, emitida por la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, a partir del 5 de julio del 2018 se encuentra disponible al público el nuevo módulo en la Ventanilla Única de Comercio Exterior –VUCE–, para la presentación de las solicitudes de autorización como sociedad de comercialización internacional y de la respuesta al requerimiento único de información. Para acceder a dicho módulo, los usuarios deberán registrarse ante la VUCE y contar con firma digital; los usuarios que ya posean estas credenciales podrán tener acceso a la herramienta de inmediato.

Concepto 571 de 28-06-2018

Concepto / Oficio, Contaduría Pública, NORMATIVIDAD Publicado: 28 junio, 2018

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública reitera que en la Ley 43 de 1990 se encuentran estipuladas las responsabilidades del contador público.

Concepto 560 de 22-06-2018

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 22 junio, 2018

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública reitera que el tratamiento contable de la reinversión de excedentes dependerá de su destinación, ya sea como parte de un activo o gasto. En el caso de las entidades sin ánimo de lucro, se emitió la Orientación técnica n.° 14.

Concepto 558 de 21-06-2018

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 21 junio, 2018

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, mediante el presente concepto, relaciona las normas de información financiera emitidas en los últimos años para las entidades del sector privado obligadas a llevar contabilidad.

Concepto 553 de 20-06-2018

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 20 junio, 2018

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, mediante el presente concepto, reitera que los costos por préstamos para entidades de grupo 2 deberán ser reconocidos en el resultado del ejercicio, y no se pueden capitalizar.

Concepto 15841 de 19-06-2018

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 19 junio, 2018

La Dian reitera que el valor residual es el determinado por la técnica contable y no por la regla fiscal, en tal sentido si un contribuyente necesita calcular la base de depreciación para efectos fiscales debe determinarla en los términos del artículo 131 del ET.

Concepto 537 de 18-06-2018

Concepto / Oficio, Contaduría Pública, NORMATIVIDAD Publicado: 18 junio, 2018

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, mediante el presente concepto, reitera que las relaciones contractuales entre los contadores públicos y los usuarios de sus servicios se regulan bajo lo estipulado en la Ley 43 de 1990 y las obligaciones y derechos pactados bajo contrato.

Concepto 476 de 26-05-2018

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 26 mayo, 2018

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública reitera que las inversiones realizadas en cooperativas se deberán tratar como un instrumento financiero y podrán medirse al costo, más lo que le corresponde al asociado por valorización de aportes, menos pérdidas por deterioro acumuladas.

Concepto 18-117301-00001-0000 de 21-05-2018

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 21 mayo, 2018

La Superintendencia de Industria y Comercio, mediante el Concepto 18-117301-00001-0000 de 2018, se pronunció frente al tiempo de permanencia de los reportes negativos en las centrales de riesgo, dependiendo de cada caso en particular.
Por lo anterior, la Superintendencia de Industria y Comercio –SIC– precisa lo siguiente:
Cuando se trata de una mora inferior a dos años, el dato negativo no podrá exceder el doble de la mora y, cuando la mora es mayor de dos años, la permanencia será de cuatro años, contados a partir de la fecha en que se extingue la obligación por cualquier modo, incluida la prescripción extraordinaria de diez años desde el momento en que es exigible la obligación, más cuatro años adicionales.

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