Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: semana 23 de octubre

Concepto 635 de 21-07-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 21 julio, 2017

El CTCP señala que un dominio o hosting cumple la definición de activo intangible y, por tanto, debe ser reconocido como tal y amortizado de acuerdo con su vida útil, es decir, el tiempo por el cual se adquirió el derecho.

Concepto 632 de 21-07-2017

Auditoría y Revisoría Fiscal, Concepto / Oficio, NORMATIVIDAD Publicado: 21 julio, 2017

Toda actuación que vaya en contra de las funciones establecidas para el revisor fiscal en el Código de Comercio y en los estatutos de la copropiedad en cuanto a la toma de decisiones y/o uso de recursos económicos de la copropiedad, materializa una coadministración, caso en el cual, se deberán adelantar las gestiones en materia disciplinaria en contra de este profesional.

Auto 2016-00040 (22572) de 17-07-2017

Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 17 julio, 2017

Las pérdidas fiscales en que incurran los contribuyentes del impuesto sobre la renta para la equidad pueden compensarse con las rentas líquidas obtenidas en años posteriores. Se precisa que el impuesto sobre la renta para la equidad –CREE– se creó con el fin de incentivar la creación de empleo y contrarrestar las consecuencias derivadas de los altos niveles de informalidad, constituyéndose como una alternativa de financiamiento a las políticas de generación de empleo e inversión social que antes cubrían los parafiscales; no obstante, se aclara que las pérdidas fiscales en que incurran los contribuyentes del impuesto sobre la renta para la equidad –CREE–, se pueden compensar con las rentas líquidas obtenidas en años posteriores, esto, siempre y cuando se trate de situaciones jurídicas no consolidadas. Con base en el artículo 147 del ET y la Sentencia C-291 de 2015 las pérdidas fiscales de los años gravables 2013 y 2014 cobijadas por los efectos jurídicos del artículo 22 de la Ley 1607 de 2012 pueden compensarse con rentas líquidas en el año gravable 2015, en consecuencia, no es válido afirmar que solo pueden compensarse pérdidas fiscales a partir del año gravable 2016, pues las compensaciones por pérdidas son viables en el año gravable 2015; por ende, es procedente suspender provisionalmente la expresión que limita la compensación a partir del año gravable 2016.

Oficio 034422 de 01-12-2015

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 1 diciembre, 2015

La exención del gravamen a los movimientos financieros prevista en la ley para el caso de desembolso de créditos con destino, entre otros, a la adquisición de vivienda, acorde con el numeral 11 del artículo 879 del ET, aplica tanto si el desembolso se efectúa al deudor como si se hace a un tercero, como sería el caso del constructor del inmueble, evento en el cual para que proceda la exención se requiere el cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 5° del Decreto 660 de 2011.

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