El CTCP reitera que en la Ley 43 de 1990 y el Código de Comercio se encuentra definida la obligatoriedad de tener revisor fiscal y las funciones de este.
La Corte Constitucional afirmó que el tipo de vinculación laboral no ha sido un obstáculo para conceder la protección de estabilidad laboral reforzada, y aceptó que la misma procede en contratos de prestación de servicios independientes.
En la presente doctrina la Dian concluye que los pagos o abonos en cuenta provenientes de la ejecución de contratos de construcción se someten a la tarifa de retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta del 2% sobre el total del pago o abono en cuenta.
En la presente doctrina la Dian aclara que la comercialización de productos elaborados por personas privadas de la libertad no genera la necesidad de emitir factura, puesto que dicha labor apunta a la rehabilitación y resocialización, y a su vez es canalizada a través del Inpec.
La Dian precisa que la expresión “derivados del petróleo” que se alude en el artículo 444 del ET hace referencia a todos los productos catalogados como derivados del petróleo, incluyendo los aceites y lubricantes.
La Dian mediante el presente oficio, preciso que las bonificaciones y/o indemnizaciones que reciben los servidores públicos en programas de retiro de personal de entidades públicas nacionales, departamentales, distritales y municipales están exentas del impuesto sobre la renta.
La Dian, basándose en el artículo 467 del ET, el Decreto 1073 de 2015 y la Ley 1450 de 2011 aclaró que la base gravable para efectos del IVA en la comercialización del combustible de aviación para motores de turbina JET A1 corresponde al precio de venta sin adicionar el costo del transporte por poliducto.
Mediante la Resolución 768 de 2018 el Ministerio de Salud y Protección Social estipuló las condiciones generales para la operación del sistema de afiliación transaccional y las reglas que deben ser cumplidas por quienes intervengan en la afiliación, reporte de novedades e información relevante para la operación del sistema.
El organismo en mención dispondrá en el portal miseguridadsocial.gov.co, las funcionalidades para el registro, autenticación, transacciones de afiliación, reporte de novedades, registro con el rol “empleador” y consultas referentes a la condición de afiliación en el SGSSS.
La Secretaría Distrital de Hacienda, con el objetivo de facilitarle a los contribuyentes el cumplimiento de las obligaciones formales y sustanciales correspondientes a los tributos administrados por la DIB y garantizar el recaudo oportuno de los recursos, emitió la Resolución DDI-040733 de 2017, “Por la cual se implementa el mecanismo principal virtual de declaración y/o pago de los impuestos administrados por la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá-DIB”.
La entidad en mención dispondrá en la página web las herramientas virtuales de acuerdo con los plazos establecidos para tal fin y, cuando haya inconvenientes técnicos o se presenten situaciones de fuerza mayor que le impidan al contribuyente cumplir dentro del vencimiento del plazo que se determine la contingencia, el plazo se suspenderá en igual forma para aquellos contribuyentes que presenten su declaración de forma presencial.
Mediante la presente sentencia se declara nulo el numeral 2 del artículo 7 del Decreto 326 de 1995, el cual hace referencia a que, cuando se trate de autoavalúo, el valor que se utilice como costo fiscal debe ser el mismo de la declaración del impuesto predial unificado y la declaración de renta.