A través de la presente doctrina, firmada por los ministros de hacienda y minas y por el director de planeación, se realizó una operación de contracrédito, con la cual se ajusta el presupuesto de regalías del bienio 2017-2018 en 664.000 millones de pesos.
Dicha doctrina implica que se trasladen los recursos del fondo de desarrollo regional –FDR– a las regiones que reciben asignaciones directas, por ser productoras. Cabe resaltar que el FDR es la bolsa para financiar los proyectos regionales, independiente de si las regiones tienen o no explotación del subsuelo en sus territorios.
Para efectos de tramitar incapacidades y licencias, no es procedente que las EPS exijan a los empleadores (ni estos a los trabajadores), copia de la historia clínica o de la epicrisis. La Superintendencia Nacional de Salud es el ente encargado de investigar y aplicar las sanciones.
El contador público no está obligado a emitir certificaciones para cualquier interesado que las solicite, ya que su responsabilidad esta direccionada a la asamblea general, junta de socios y a los organismos gubernamentales que tengan una relación de inspección y vigilancia sobre el ente.
Para efectos de contratación del revisor fiscal, las funciones y responsabilidades de contratista y el contratante deben quedar documentadas por escrito. A su vez, se deben establecer las diferentes condiciones bajo las cuales se prestará dicho servicio.
Según el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, si el marco normativo aplicable a la entidad sin animo de lucro requiere que la misma tenga revisor fiscal, se deberá cumplir con dicho requerimiento.
Los recursos recibidos por el contrato de aporte que están sujetos al cumplimiento de condiciones son considerados un pasivo diferido hasta que se ejecute el convenio; en la medida en que se ejecute el contrato, dicho pasivo se disminuirá, reconociéndose un ingreso por la ejecución del proyecto.
Toda entidad emisora de instrumentos de patrimonio que reciba inventarios, deberá reconocerlos por el valor razonable menos los costos de transacción, y la diferencia entre el valor razonable y los costos de transacción reconocerlos como prima de emisión.
Las propiedades horizontales deben llevar contabilidad, en tanto que se constituyen como personas jurídicas; sus obligaciones se encuentran en el artículo 51 de la Ley 675 de 2001 y en el Decreto 2420 de 2015 se encuentran los requisitos del marco contable que deben aplicar las entidades del grupo 2 y el grupo 3.
Es importante que en la administración de entidades públicas se tenga claro los marcos técnicos normativos aplicables a la organización, con el fin de presentar estados financieros adecuados que faciliten la toma de decisiones y se cumpla con los diferentes requerimientos de los entes de supervisión.
La sección 23 de la NIIF para Pymes establece los requerimientos para la contabilización de ingresos ordinarios y contratos de construcción, no obstante, los principios contenidos en la NIIF 15 facilitan el reconocimiento de los ingresos en los estados financieros.
La NIIF 3 establece todo lo relacionado al reconocimiento contable de las combinaciones de negocios y la NIC 27 establece los aspectos para la realización de los estados financieros separados de una entidad que mantenga inversiones en subsidiarias o negocios conjuntos.
El límite para pagos en efectivo individuales realizados por personas jurídicas y los pagos en efectivo recibidos por personas naturales que perciban rentas no laborales es de 100 UVT. Dichos pagos deberán canalizarse a través de los medios financieros para efectos fiscales.