Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: semana 4 de diciembre

Concepto 005422 de 14-03-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 14 marzo, 2017

El Concepto Unificado No. 001 de 2003 establece la exclusión del IVA para las tasas, contribuciones y peajes obtenidos en el desarrollo de un contrato de concesión. Sin embargo, dicho tratamiento no se extiende a los contratos de interventoría, pues de acuerdo con el citado concepto, estos sí se encuentran gravados con IVA.

Concepto 004966 de 10-03-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 10 marzo, 2017

Las alternativas previstas en los artículos 305, 306, 316 y 317 de la Ley 1819 de 2016, constituyen normas especiales que prevén un tratamiento de excepción, que aplica exclusivamente a las entidades y asuntos expresamente señalados en ella; en consecuencia, no pueden ser aplicadas de manera análoga a temas no contemplados en estas disposiciones.

Concepto 005596 de 15-03-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 6 marzo, 2017

Los responsables del régimen simplificado no están obligados a facturar. Sin embargo, el artículo 771-2 del ET señala como requisito para la procedencia de costos, deducciones e impuestos descontables, que en el caso de no existir la obligación de expedir factura por parte del vendedor o prestador del servicio, la expedición de un documento que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 3 del Decreto 522 de 2003.

Concepto 004913 de 25-02-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 25 febrero, 2017

La Dian recuerda que las nuevas autorretenciones a título del impuesto sobre la renta y su complementario de ganancia ocasional deben ser practicadas, como lo señala el Decreto 2201 de 2016 incorporado al Decreto Único Reglamentario 1265 de 2016, por los contribuyentes del impuesto sobre la renta que: 1) sean sociedades nacionales, extranjeras o establecimientos permanentes, y 2) estén exentos del pago de aportes a seguridad y parafiscales respecto de los trabajadores que devenguen un salario inferior a 10 smmlv. Estas nuevas autorretenciones se deben practicar sobre cada pago o abono en cuenta, en la misma forma y parámetros que se practicaban las autorretenciones del CREE. Cabe mencionar que el artículo 375 de la Ley 1819 de 2016, derogó las disposiciones del impuesto sobre la renta para la equidad –CREE–, con efecto a partir del 1 de enero de 2017, y como consecuencia, las normas sobre autorretención a título de este impuesto sufrieron decaimiento.

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