Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: semana 8 de septiembre

Circular Externa 020 de 03-10-2018

Circular, Finanzas, NORMATIVIDAD Publicado: 3 octubre, 2018

Mediante la Circular Externa 020 de 2018, la Superintendencia Financiera crea los subnumerales 2.2.1.8 y 3.2.1.9 y modifica el subnumeral 3.1. del Capítulo III, Título II, Parte I de la Circular Básica Jurídica; donde imparte las instrucciones sobre el procedimiento de inscripción, remisión periódica de información y cancelación del registro para los inscritos en el registro de Reacoex.
Con lo anterior, se identificarán las agencias de suscripción que la entidad reaseguradora ha autorizado para aceptar o ceder responsabilidades de reaseguro en su nombre y representación. La entidad reaseguradora deberá remitir un formato con la información de cada una de las agencias de suscripción que actúen en su nombre y representación.

Oficio 220-147190 de 27-09-2018

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 27 septiembre, 2018

La Superintendencia de Sociedades confirmó que, sin perjuicio de lo dispuesto en los estatutos sociales, no existe impedimento legal para que un socio otorgue préstamos a la sociedad a la que pertenece. No obstante, se deberá solicitar la autorización previa del máximo órgano social para llevar a cabo la operación, so pena de resultar viciada de nulidad absoluta.
Finalmente, de ser autorizado el negocio jurídico, el contrato de mutuo se perfeccionará con los documentos que correspondan, según la información otorgada por el representante legal y atendiendo las condiciones autorizadas por el máximo órgano social.

Oficio 220-135247 de 04-09-2018

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 4 septiembre, 2018

La Superintendencia de Sociedades se refirió a que el derecho de veto que contemplan los estatutos de una sociedad solo se configura como opción de los accionistas para impedir el ingreso de un nuevo socio, por lo cual la negociación de acciones entre los accionistas de una misma compañía —aunque sí genera un cambio en el respectivo porcentaje de participación—, no supone el ingreso de un nuevo socio, ya que el cedente y el cesionario ya ostentaban tal distinción.
Finalmente se reitera que la calidad de socio se adquiere de manera independiente del número de acciones de las que se sea titular.

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