El CTCP reitera que el revisor fiscal que actúa como principal en 5 sociedades no podrá ejercer el cargo en ninguna otra, ni siquiera como suplente, como lo indica el artículo 215 del Código de Comercio.
El CTCP reitera que una reserva creada a partir de los excedentes del fondo de empleados no cumple los requisitos para ser reconocida como un pasivo.
El CTCP concluye que no existe limitante alguna para que un miembro del consejo de administración de una propiedad horizontal desarrolle la labor de contador público en esta. No obstante, cabe señalar que el contador no puede avalar lo estados financieros en calidad de revisor fiscal, según lo estipulado en la Ley 43 de 1990.
El CTCP infiere que no es adecuado que una persona en calidad de administrador y contador público de una propiedad horizontal firme los estados financieros, puesto que daría fe pública sobre la información financiera que él mismo ha elaborado y de la cual es responsable.
Si los bonos corporativos no se consideran de alta calidad, entonces se deberán utilizar los rendimientos de mercado al final del período de presentación de los bonos gubernamentales en esa moneda.
La Dian reitera que los contribuyentes pueden solicitar la acreditación de residencia fiscal, aduciendo cualquiera de los factores contenidos en el artículo 10 del ET, incluyendo en este caso el vínculo legal de “conyugue”.
La Dian reitera que los contribuyentes que en el año gravable objeto de conciliación hayan obtenido ingresos brutos fiscales inferiores a 45.000 UVT, no están obligados a presentar el reporte de conciliación fiscal.
La Dian explica que, cuando en la norma se estipula que, para acceder al beneficio de las Zomac, estas deben operar y prestar los servicios dentro de la Zomac, quiere decir que se debe desarrollar al interior y originarse en la misma.
La UGPP tiene acceso privilegiado a la información tributaria, según lo dispuesto en el parágrafo 1 del artículo 227 de la Ley 1450 de 2011. Por lo anterior, la información registrada por el contribuyente en las declaraciones tributarias constituye un insumo para la UGPP en los procesos de fiscalización.
El CTCP reitera que el revisor fiscal debe tener y demostrar absoluta independencia mental y de criterio, con respecto a cualquier interés que no sea compatible con los principios de integridad y objetividad.
La Dian reitera que los reembolsos por gastos no forman parte del ingreso para quien los recibe; tampoco son gastos deducibles de renta y, para los mismos, no existe la obligación de expedir facturar o documento equivalente, puesto que no es una operación en la que se deba cumplir con tal exigencia.