Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: seminario virtual

Entidades del régimen tributario especial bajo la nueva normatividad

INFORMACIÓN CORPORATIVA Publicado: 19 abril, 2018

El artículo 19 del ET establece que, todas las asociaciones, fundaciones y corporaciones constituidas como entidades sin ánimo de lucro, serán contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, y en el régimen especial, si cumple con los requisitos establecidos.

Retención en la fuente y sus modificaciones – Ley 1819 de 2016 y PDR

INFORMACIÓN CORPORATIVA Publicado: 23 marzo, 2018

La retención en la fuente es un mecanismo empleado por el Estado para garantizar el recaudo anticipado de determinado impuesto. Para comprender los cambios introducidos por la reforma tributaria será necesario estudiar la nueva versión del artículo 383 del ET, el cual contiene la tabla de retención en la fuente que debe aplicarse a los pagos laborales gravables mensuales.

Venta a plazos antes y después de la Ley 1819 de 2016

INFORMACIÓN CORPORATIVA Publicado: 22 marzo, 2018

Por medio de la Ley 1819 de 2016 diferentes aspectos fueron modificados acorde con las disposiciones de los Estándares Internacionales de Información Financiera, previendo así los impactos que ocasionaría y contemplando un régimen de transición a aplicar.

Impuesto diferido en los contratos de arrendamiento

INFORMACIÓN CORPORATIVA Publicado: 21 marzo, 2018

El tratamiento contable de los arrendamientos cambiará considerablemente, distinguiendo entre los financieros, que se registran dentro del balance, y los operativos, para los que no se exige el reconocimiento de las cuotas de arrendamiento futuras. De acuerdo a esto, se considera necesario conocer la NIIF 16 que entrará en vigencia a partir del 1 de enero del 2019.

Activos biológicos según los Estándares Internacionales y la Ley 1819 de 2016

INFORMACIÓN CORPORATIVA Publicado: 16 marzo, 2018

Acorde a lo expresado por la normatividad bajo Estándares Internacionales y la reforma tributaria puede interpretarse que los activos biológicos serán clasificados como tal mientras se conserven en el marco de una actividad agrícola, entendida esta como una actividad que implica gestionar la transformación o recolección de activos biológicos para destinarlos a la venta o convertirlos en productos agropecuarios.

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