Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: septiembre 18 2018

Sentencia 77339 de 09-08-2018

Derecho Laboral, Jurisprudencia / Sentencias, NORMATIVIDAD Publicado: 9 agosto, 2018

Mediante la sentencia 77339 de 2018, la Sala Laboral de la Corte Suprema preciso que el tiempo de servicios sin cotizar por falta de cobertura del Instituto de Seguros Sociales –ISS– no puede ser desconocido, puesto que el empleador conserva una responsabilidad financiera respecto del trabajador, que hace referencia a un título pensional. Por lo anterior se concluye que el empleador debe responder ante el ISS por el pago de los tiempos en que la prestación estuvo a su cargo.
Las partes involucradas en este proceso son IBM de Colombia & Cia SCA, Carlos Enrique Carrasco y la Administradora Colombiana de Pensiones –COLPENSIONES–, de lo anterior la Corte Suprema concluye que no prosperan las pretenciones interpuestas por IBM de Colombia & Cia SCA contra el proceso adelantando entre Carlos Enrique Carrasco y Colpensiones

Sentencia 20607 de 18-07-2018

Impuestos, Jurisprudencia / Sentencias, NORMATIVIDAD Publicado: 18 julio, 2018

Mediante la Sentencia 20607 de 2018, el Consejo de Estado reitera que el hecho de que mediante ley se ordene efectuar la retención en la fuente al momento de pago o abono en cuenta, no faculta a los contribuyentes para que elijan el período en que pueden deducirlas del impuesto sobre la renta, ya que estas solo se pueden detraer en el período en el que se incluya el ingreso del cual se derive.
Puesto que, aunque en los artículos 365 a 367 del ET se establece que dicha retención se efectúa sobre pagos o abonos en cuenta, ello no afecta el criterio de la anualidad respecto al impuesto de renta y la determinación del pago del impuesto por cada año gravable.

Sentencia 0349-16 de 08-03-2018

Derecho Laboral, Jurisprudencia / Sentencias, NORMATIVIDAD Publicado: 8 marzo, 2018

Mediante la sentencia 0349-16 de 2018, el Consejo de Estado recordó los factores que hacen que el contrato de prestación de servicios pase a ser un contrato laboral: la subordinación, situación en la que se exige al servidor público el cumplimiento de órdenes en cualquier momento; la permanencia, que hace referencia a que la labor sea inherente a la entidad; y la equidad o similitud frente a los empleados de planta.
Cabe resaltar que, por más que se declare la existencia de la relación laboral y se le reconozcan los derechos económicos laborales, no se le puede otorgar la calidad de servidor público, ya que para ello es indispensable que se den los presupuestos de nombramiento o elección y su correspondiente posesión.

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