Una persona natural presentó su declaración de renta en la fecha indicada, pero no realizó el pago, en ese caso ¿esta declaración se entiende como presentada?
¿Cómo se deben reportar en la declaración de renta de una persona natural los ingresos recibidos por concepto del subsidio familiar por parte de las cajas de compensación?
¿Cuál es el procedimiento para actualizar los bienes inmuebles que se vienen declarando en renta por el avalúo catastral, de manera que ahora se declaren por el avalúo comercial, para que al momento de la venta no se genere tanta ganancia ocasional?
¿Se puede corregir la declaración de renta de una persona natural por el año gravable 2019, que se encuentra firmada y presentada en el portal de la Dian, para incluir un lote en el patrimonio por valor de $60.000.000? ¿Habría que pagar sanción por corrección? ¿Qué ocurre si el patrimonio líquido es negativo?
A continuación, Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, resuelve las principales inquietudes relacionadas con la declaración de renta de personas naturales correspondiente al año gravable 2019, la cual debe ser presentada entre el 11 de agosto y el 21 de octubre de 2020.
Si en una declaración de renta de persona natural se forman pérdidas líquidas, ¿cuál sería su periodo de firmeza?
Los ingresos de una persona natural que tiene varios taxis ¿se reportan en la declaración como rentas de trabajo o rentas de capital? ¿Qué tipo de costos se pueden imputar en este caso?
Si una persona natural tiene pendiente presentar la declaración de renta del año gravable 2018, pero la presenta en conjunto con la del año gravable 2019 ¿pueden las dos declaraciones quedar con beneficio de auditoría a pesar que la del 2018 sería extemporánea?
¿Cómo se debe presentar la declaración de renta del año gravable 2019 de un menor de edad? ¿Quién debe firmar la declaración y a través de qué mecanismo?
Desde el 11 de agosto y hasta el 21 de octubre de 2020 las personas naturales que no hayan sido catalogadas durante 2019 como “grandes contribuyentes” deberán cumplir con la obligación de declarar el impuesto de renta y complementario. Aquí te presentamos la herramienta ideal para esta temporada. Para la preparación de la declaración de […]
Desde el 11 de agosto y hasta el 21 de octubre de 2020, las personas naturales (a excepción de los grandes contribuyentes) deben cumplir con la obligación de declarar el impuesto de renta y complementario.
Para ello deberán seguir las indicaciones de la Ley de financiamiento 1943 de 2018.
Desde el 11 de agosto y hasta el 21 de octubre de 2020, las personas naturales (a excepción de los grandes contribuyentes) deben cumplir con la obligación de declarar el impuesto de renta y complementario.
Para ello deberán seguir las indicaciones de la Ley de financiamiento 1943 de 2018.