Una sociedad financiera (no banco) hace préstamos y cobra intereses mensuales, ¿la factura se hace mes a mes o se debe hacer al principio del plazo del crédito calculando los intereses por el tiempo del mismo?, ¿cómo se realiza el reconocimiento según el estándar para pyme?
Una sociedad financiera que no es un banco, hace préstamos y cobra intereses mensuales. ¿Debe facturar dichos intereses? Si es así, ¿la factura se debe hacer cada mes o al principio del plazo del crédito calculando los intereses por el tiempo de tal crédito?