Hasta el pasado 15 de mayo la sociedades que hacen parte del Grupo 2 y son inspeccionadas por la Supersociedades podían presentar su estado de situación financiera, estado de resultados y estado de resultado integral, junto con 4 documentos adicionales en PDF.
Utilización del software XBRL EXPRESS y entrega de cuatro documentos adicionales, son dos aspectos que tendrán que tener en cuenta las sociedades vigiladas y/o controladas, al igual que las inspeccionadas por la Supersociedades.
El Decreto 4350 de diciembre 4 del 2006, hoy recopilado en los numerales 2.2.2.1.1.1. al 2.2.2.1.1.6 del Decreto 1074 del 26 de mayo del 2015, enumera las cinco causales por las cuales una sociedad mercantil puede ser vigilada por la Supersociedades.
Las sociedades que a Diciembre 31 de 2010 hayan alcanzado el tope de activos o de ingresos brutos mencionado en el artículo 1 del Decreto 4350 de 2006 quedarían incursas en esta condición. Además, quienes antes del 2010 habían alcanzado dichos topes pero al cierre del 2010 ya no los tienen, dejarían de ser entidades vigiladas.