La Supersociedades, mediante el presente oficio, se pronuncia frente a la aplicación del Decreto 667 de 2018, el cual regula el trámite sobre el registro del control ejercido por la persona natural accionista único, en una sociedad por acciones simplificada.
En efecto, la regulación del Decreto 667 de 2018 se refiere al trámite de la inscripción de la situación de control. Cabe resaltar que la cámara de comercio pertinente, donde se constituya la sociedad por acciones simplificada, inscribirá la situación de control en los casos de accionista único persona natural; la persona que se rehúse a inscribirse como controlante deberá manifestarlo en la constitución y por escrito, dirigiéndose a la Cámara de Comercio.