Corte Constitucional. Se declararon condicionalmente exequibles varios artículos de la Ley de integración social de personas discapacitadas, estas normas sí reconocen el estatus de personas con discapacidad que tienen los destinatarios de dicha legislación, pues consideran que el que no se haga explícito no transmite la idea de que no pertenezcan a ese rango de personas.