Los intereses a favor de la Dian siempre formarán gastos no deducibles, mientras que los intereses con particulares sí pueden pasar como gastos deducibles.
En todo caso, cuando se acuda a préstamos de terceros, se deberán tener en cuenta los artículos 35 y 118-1 del ET y el Decreto 761 de 2020.
Con el ánimo de contrarrestar los efectos negativos que ha generado el COVID-19 en la estabilidad económica de los contribuyentes, mediante el Decreto Legislativo 688 de mayo 22 de 2020 se estableció la reducción transitoria de la tasa de interés moratorio para la liquidación de deudas con la Dian.
Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
Actualmente, ¿qué tasa de mora debe ser aplicada para efectos de determinar las deudas tributarias?
Resueltas diciembre 6 de 2018