De acuerdo con lo establecido por el artículo 158 del Código Sustantivo del Trabajo, la jornada ordinaria laboral es aquella que tanto el empleador como el trabajador acuerdan, y a falta de su estipulación debe entenderse que aplica la máxima legal.
Las cooperativas de trabajo asociado fueron creadas para beneficiar y asociar personas naturales que contribuyeran económicamente a la misma; sin embargo, por la interpretación errada y la conveniencia de algunos, se llegó a que estas entidades fueran instrumento de vulneración de derechos laborales.
Ahora que pasaron las asambleas de marzo donde las empresas obligadas nombraron revisor fiscal, es tiempo de preguntarse ¿por dónde inicia el trabajo del revisor fiscal?
Cuando una persona cumple los requisitos para acceder a la pensión, surge la posibilidad de continuar con la relación laboral o establecer nuevas relaciones laborales; pero en el momento de la nueva vinculación laboral, no se tiene claridad sobre la modalidad de contrato que se debe establecer; no obstante, los pensionados pueden vincularse por contrato de trabajo o de prestación de servicios en el régimen privado, más no pueden hacerlo por contrato de trabajo para el sector público, las personas cuya pensión haya sido obtenida con recursos del Estado, conforme a lo señalado por el Consejo de Estado, debido a que implicaría doble erogación por parte de éste.