Cuando una entidad ingresa en un proceso de liquidación, la información financiera que prepara y presenta no se trata según todas las indicaciones del Estándar Internacional.
Supersociedades. Sobre la venta de activos en adjudicación adicional en proceso de liquidación voluntaria.
El régimen judicial de insolvencia regulado por la Ley 1116 del 2006 busca la protección del crédito y la recuperación y conservación de la empresa; para que el régimen de insolvencia logre dicho fin, emplea dos mecanismos: proceso de reorganización y proceso de liquidación judicial.
Las empresas que se encuentran en proceso de liquidación judicial deben seguir presentado la declaración del impuesto sobre la renta para la equidad –CREE–, pues la norma no establece ninguna exención para los contribuyentes que entran en dicho proceso.
Supersociedades. Aclaró conceptos sobre la adjudicación de bienes a los acreedores dentro de un proceso de liquidación por adjudicación.
Supersociedades. Aclaró conceptos sobre la finalidad del régimen de insolvencia, proceso de reorganización, proceso de liquidación judicial e intervención estatal.
Supersociedades. Aclara conceptos sobre la reapertura de los procesos de liquidación judicial; alcance de la los conceptos de la Supersociedades frente a la doctrina de la DIAN y la doctrina del Consejo de Estado.
El proceso de liquidación judicial puede reabrirse, según la Ley 1429 del 2010, en caso de aparición de nuevos bienes o cuando el liquidador haya dejado de adjudicar bienes que ya estaban inventariados.
Supersociedades. Se resuelve consulta relacionada con la reapertura de un proceso de liquidación judicial ya terminado, en aras a habilitar nuevamente a la persona jurídica extinta para constituirse como demandante en un proceso ordinario y, de ser procedente, las consecuencias frente al registro mercantil.
Supersociedades. Proceso de liquidación voluntaria de una sociedad por vencimiento del término de duración.
DIAN. Las sociedades en el proceso de liquidación judicial, no pueden realizar operaciones en desarrollo de su objeto social por lo que no procederá la práctica de la autorretención del CREE; sin embargo esta se podrá practicar si por alguna razón extraordinaria dentro del proceso de liquidación judicial, se llegase a obtener algún ingreso susceptible de incrementar el patrimonio.
Supersociedades. Continuidad del Revisor Fiscal en las sociedades que entran voluntaria o forzosamente en proceso de liquidación.