El CTCP infiere que las entidades del grupo 2 que en el 2018 cumplan los requisitos para clasificarse en el grupo 1, deberán elaborar sus primeros estados financieros bajo NIIF plenas al cierre de diciembre 31 de 2020, iniciando la transición el 1 de enero de 2019.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Se precisan criterios al respecto de la operación de las empresas que por causa de la transición a los nuevos marcos normativos generen pérdidas que disminuyan sus utilidades acumuladas o retenidas al punto de dejarlas en causal de disolución de acuerdo con las condiciones especificadas en Código de Comercio.