Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: transmisión de experiencia

Oficio 220-084271 de 31-05-2018

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 31 mayo, 2018

La Supersociedades, mediante la presente normatividad, hace alusión al Oficio 220-040565 de 2018, en el cual se indagó respecto a la posibilidad de ceder o transmitir la experiencia en los procesos de fusión o escisión.
La Superfinanciera señala que, si por medio de un proceso de fusión se integran el patrimonio y las empresas de las sociedades participantes, la sociedad absorbente puede aducir como suya la experiencia de la sociedad absorbida, ya que la experiencia hará parte del patrimonio de la primera. Cabe resaltar que la cámara de comercio tiene la potestad para realizar el debido proceso ante el Registro Único de Proponentes –RUP– y, a su vez, las entidades contratantes tienen la potestad para aceptar o no la experiencia.

Oficio 220-040565 de 15-03-2018

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 15 marzo, 2018

La Supersociedades señala que, en su criterio, si a través de la fusión se integran el patrimonio y las empresas de las sociedades participantes, le es dable a la absorbente invocar como suya la experiencia de la sociedad absorbida, ya que ésta también entra a formar parte del patrimonio de la absorbente o nueva sociedad, pues no se trata de una fusión de empresarios, sino de empresas, esto es, de la actividad de cada una de las sociedades. No obstante, será discrecional de las entidades contratantes, aceptar o no, respecto de una sociedad que se haya fusionado la experiencia de las absorbidas para acreditarla como suya, como igual lo será de la Cámara de Comercio para su inscripción en el registro de proponentes, teniendo en cuenta las condiciones que al efecto establece el Decreto 92 de 1998.

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