Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Tarifas del impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y similares durante 2018


Actualizado: 3 enero, 2018 (hace 6 años)

Mediante el artículo 20 de la Ley 1816 de 2016, correspondiente a la Ley de Licores, se modificaron las tarifas del impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y similares.

El artículo 20 de la Ley 1816 de diciembre 19 de 2016 modificó el artículo 50 de la Ley 788 de 2002, indicando que las tarifas del componente específico del impuesto al consumo de licores, aperitivos y similares, se incrementarán a partir del 1 de enero de 2018 con la variación anual del índice de precios al consumidor certificada por el Dane al 30 de noviembre, siendo la Dirección de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público la encargada de certificar y publicar antes del 1 de enero de cada año, las tarifas ajustadas. En cumplimiento de lo anterior, el Ministerio de Hacienda expidió la Certificación 03 del 28 de diciembre de 2017,  con la cual establece las tarifas del componente específico del impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y similares aplicables a partir del 1 de enero de 2018, así:

  • Para licores, aperitivos y similares, la tarifa será de $229 por cada grado alcoholimétrico en unidad de 750 centímetros cúbicos o su equivalente.
  • Para vinos y aperitivos vínicos, la tarifa será de $156 en unidad de 750 centímetros cúbicos o su equivalente.
  • Para los productos nacionales que ingresen para consumo al departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, la tarifa será de $36 por cada grado alcoholimétrico en unidad de 750 centímetros cúbicos o su equivalente.

Cabe señalar que, para determinar el componente ad valorem del impuesto al consumo de licores, aperitivos y similares se aplicar una tarifa del 25 % sobre el precio de venta al público antes de impuestos y/o participación. En el caso de los vinos y aperitivos vínicos, esta será del 20 % sobre el precio de venta al público sin incluir los impuestos.

Por último, es necesario tener en cuenta que si el volumen es diferente a 750 centímetros cúbicos, el impuesto se liquidará de manera proporcional y será aproximado al peso más cercano.

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