Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Tasa de usura para créditos de consumo subió a 29%


Actualizado: 1 octubre, 2015 (hace 9 años)

La Superfinanciera fijó la tasa de usura que regirá por el cuarto trimestre del año para los créditos ordinarios y de consumo en el 29.00%, lo que representa un aumento de 11 puntos básicos -0.11%- con respecto al periodo anterior -28.89%.

Certificación del Interés Bancario Corriente para las modalidades de crédito de consumo y ordinario, microcrédito y consumo de bajo monto
29 de septiembre de 2015

La Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de lo dispuesto en los artículos 11.2.5.1.1 y siguientes del Decreto 2555 de 2010, expidió el 30 de septiembre la Resolución 1341 por medio de la cual certifica el Interés Bancario Corriente para los siguientes períodos y modalidades de crédito:

  • Consumo y Ordinario: entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2015.
  • Microcrédito: entre el 1 de octubre de 2015 y el 30 de septiembre de 2016.
  • Consumo de Bajo Monto: entre el 1 de octubre de 2015 y el 30 de septiembre de 2016.

Con la resolución se certifica el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario en 19.33%, lo que representa un aumento de 7 puntos básicos -0.07%- en relación con la anterior certificación -19.26%.

Se certifica el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de microcrédito en 35.42%, lo cual representa un aumento de 61 puntos básicos -0.61%- en relación con la anterior certificación -34.81%.

Adicionalmente, se certifica el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo de bajo monto en 34.77%, lo cual representa un aumento de 281 puntos básicos -2.81%- en relación con la anterior certificación (31.96%).

Interés remuneratorio y de mora

Los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, 29.00% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, 53.13% efectivo anual para la modalidad de microcrédito y 52.16% para la modalidad de crédito de consumo de bajo monto.

Usura

Para los efectos de la norma sobre usura, puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos.

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Para la modalidad de crédito de consumo y ordinario se sitúa en 29.00% efectivo anual, resultado que representa un aumento de 11 puntos básicos -0.11%- respecto al periodo anterior.

Para la modalidad de microcrédito es de 53.13% efectivo anual, un aumento de 91 puntos básicos -0.91%- con respecto al periodo anterior.

En la modalidad de consumo de bajo monto se sitúa en 52.16%, es decir, un aumento de 422 puntos básicos -4.22%- respecto al periodo anterior.

Fuente: Superfinanciera.

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