El nuevo marco normativo que le corresponde a las microempresas, es más sencillo que los otros dos correspondientes a pymes y plenas, en este editorial; le presentamos una síntesis de algunos de los aspectos más importantes que hay que tener en cuenta.
El nuevo marco normativo, conocido como Marco Técnico Normativo de Información Financiera para Microempresas o Contabilidad Simplificada, está dispuesto en el Decreto 2706 del 2012 y es una normatividad de carácter nacional, razón por la cual su sigla es solamente NIF –Normas de Información Financiera (se eliminó la palabra internacional).
Este nuevo marco normativo es bastante sencillo, en este editorial le presentamos una síntesis de aspectos que hay que tener en cuenta sobre inversiones, cuentas por cobrar, inventarios y propiedades, planta y equipo. Sin embargo, siempre será recomendable asesorarse de un profesional contable que no solo apoye a su empresa en la aplicación técnica de esta normativa, sino que pueda asesorarle de la mejor forma para proyectar positivamente su negocio.
Capítulo | Título | ¿Cuándo se reconoce? | ¿Cómo se mide? | ¿Cómo se presenta? | ¿Qué se revela? |
6 | Inversiones | Se reconocerán solo cuando:
– Sea probable que se obtenga algún beneficio económico futuro
– Se tenga un costo o valor que pueda ser medido con fiabilidad |
Al costo histórico | Clasificando las inversiones como:
– Activos corrientes: cuando se rediman antes de un año
– Activos no corrientes: cuando se rediman después de un año |
Se debe revelar:
– El valor en libros de las inversiones
– Los dividendos y otras distribuciones reconocidas como ingresos del período |
7 | Cuentas por cobrar | Se reconocerán solo cuando:
– Sea probable que se obtenga algún beneficio económico futuro
– Se tenga un costo o valor que pueda ser medido con fiabilidad |
Al costo histórico | Clasificando las cuentas por cobrar como:
– Activos corrientes: si se esperan cobrar dentro de un año
– Activos no corrientes: si se esperan cobrar durante un período de más de un año
(Debe separarse la porción corriente de la no corriente) |
Se debe revelar:
– El valor en libros de los recursos pendientes de cobro
– El valor estimado por deterioro de las cuentas por cobrar
– El monto de los intereses pendientes de cobro
– Mostrar en nota a los estados financieros el movimiento de las cuentas estimadas por deterioro durante el año |
8 | Inventarios | En su calidad de activo, esta partida se reconocerá solo cuando:
– Sea probable que se obtengan beneficios económicos futuros para la microempresa
– Se tenga un costo o valor que pueda ser medido con fiabilidad
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Al costo
Las microempresas que desarrollen actividades de transformación de bienes, si lo estiman conveniente, podrán llevar contabilidad de costos definida como un sistema de información |
Como activos corrientes | Se revelarán las pérdidas por deterioro del valor reconocidas en cuentas de resultados, así como la recuperación de las pérdidas por deterioro ocurrida durante el período |
9 | Propiedades, planta y equipo | Se reconocerán sólo cuando:
– Sea probable que se obtenga algún beneficio económico futuro
– Se tenga un costo o valor que pueda ser medido con fiabilidad |
Al costo
– Medición Inicial: Se debe tomar el precio de adquisición más todos los costos directamente atribuibles a su acondicionamiento para el uso previsto
Al determinar el precio de adquisición se deberán deducir los descuentos y rebajas comerciales
– Medición posterior: Se medirá al valor de costo menos la depreciación acumulada y las pérdidas por deterioro del valor acumuladas |
Como activos no corrientes | Para cada subcategoría de propiedad, planta y equipo, debe revelarse una conciliación contable al comienzo y al final del período en la que se indiquen:
– Las adiciones – Las enajenaciones – La depreciación – Otros movimientos |