ABC de la facturación electrónica: normativa, obligados, plazos y más

La facturación electrónica se ha ido consolidando en Colombia en los últimos años con bastante firmeza.

A continuación, te contamos cuál es la normativa vigente al respecto, las más recientes novedades, los plazos que no debes perder de vista, entre otros aspectos de interés.

La Resolución 000165 de 2023 derogó la anterior Resolución 000042 del 5 de mayo de 2020 (modificada por las resoluciones 000094 y 000099 de 2020, y las resoluciones 000012000037000063 y 000167 de 2021).

Esta nueva resolución regula nuevamente todos los procesos relacionados con la generación, transmisión, validación, expedición, recepción de las facturas de venta y los documentos equivalentes a factura de venta.

La necesidad de emitir una nueva resolución surge a raíz de las importantes modificaciones introducidas por el artículo 14 de la Ley 2155 de 2021 al artículo 616-1 del ET, norma superior que regula los “sistemas de facturación electrónica” que deben operar en Colombia. Dichas modificaciones fueron posteriormente reglamentadas y de forma parcial mediante las siguientes normas:

  1. La Resolución Dian 000085 de 2022, que proporciona instrucciones para que el comprador envíe mensajes especiales al vendedor por las operaciones a plazos, de forma que se pueda aceptar fiscalmente el respectivo costo, gasto o IVA descontable (ver Proceso de aceptación de facturas electrónicas por compras a crédito fue reglamentado por la Dian).
  2. La Resolución 001092 de julio 1 de 2022, la cual estableció el calendario a partir del cual las operaciones superiores a 5 UVT facturadas inicialmente mediante tiquete POS debían cambiarse forzosamente por una factura electrónica de venta (ver el artículo Dian establece calendario para implementar el límite de las 5 UVT en la expedición de tiquetes POS).

En el siguiente video, el Dr. Diego Guevara, líder de investigación tributaria de Actualícese, explica las razones que fundamentan una nueva reglamentación del sistema de facturación electrónica:

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Es de resaltar que con la inclusión del artículo 54 de la Ley 2277 de 2022 se incorporaron al Estatuto Tributario los nuevos artículos 513-1 a 513-13, estableciendo impuestos a las bebidas azucaradas y alimentos ultraprocesados, aplicables desde el 1 de noviembre de 2023. Estos impuestos deben discriminarse en el cuerpo de las facturas de venta o documentos equivalentes a facturas.

Asimismo, en el texto del numeral 13 del artículo 1.6.1.4.6 del DUT 1625 de 2016, antes y después de ser modificado por el Decreto 442 de marzo 29 de 2023, se contempla la posibilidad de que la Dian solicite que los 12 documentos equivalentes a factura mencionados en dicha norma se conviertan en documentos equivalentes electrónicos. Es decir, documentos cuya información también debe transmitirse electrónicamente a la Dian; esta exigencia se establece mediante la Resolución 000165 de noviembre 1 de 2023.

Por ello, a continuación, abordaremos las generalidades del sistema de facturación electrónica, las novedades presentes en el sistema y los detalles respecto a los documentos equivalentes electrónicos.

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