Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Trabajadores en Misión deben estar en doble programa de Salud Ocupacional


Trabajadores en Misión deben estar en doble programa de Salud Ocupacional
Actualizado: 21 marzo, 2011 (hace 13 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Trabajador en Misión y su inclusión en el programa de salud ocupacional de la empresa usuaria
  • La Empresa de Servicios Temporales, también debe tener su propio programa de Salud Ocupacional
  • ¿Quién cubre los valores de los exámenes médicos ocupacionales?
  • ¿Cómo se clasifica el Riesgo Profesional de las Empresas de Servicios Temporales?

Empresas de Servicios Temporales están obligadas a tener Programa de Salud Ocupacional, al igual que lo debe tener la Empresa Usuaria. Por ello, los Trabajadores en Misión deben estar simultáneamente en ambos Programas de Salud Ocupacional.

Cuando una persona es contratada en una Empresa de Servicios Temporales para que preste sus servicios en misión ante una Empresa Usuaria, ambas empresas, la temporal y la usuaria, deben tener su propio programa de salud ocupacional y el trabajador en misión, debe estar en ambas.

Trabajador en Misión y su inclusión en el programa de salud ocupacional de la empresa usuaria

El Decreto 1530 de 1996, en su artículo 11, determina que la Empresa Usuaria de los servicios de una temporal, deben incluir a dichos trabajadores que tiene en misión, en su propio programa de salud ocupacional.

Entre las obligaciones que le surgen a la Empresa Usuaria, están el artículo 11 del Decreto 1530 de 1996, ya citado, veamos:

  • Una inducción completa e información permanente para la prevención de los riesgos a que están expuestos dentro de la empresa usuaria.
  • Los elementos de protección personal que requiera el puesto de trabajo.
  • Las condiciones de seguridad e higiene industrial y medicina del trabajo que contiene el programa de salud ocupacional de la empresa usuaria.

La Empresa de Servicios Temporales, también debe tener su propio programa de Salud Ocupacional

El trabajadores en misión está amparado por el programa de salud ocupacional de la empresa de servicios temporales y el programa de la empresa usuaria, por lo tanto dichas empresas deben establecer un plan de acción conjunto, establecer programas y acciones en salud ocupacional y destinar recursos para su cumplimiento

¿Quién cubre los valores de los exámenes médicos ocupacionales?

Los debe sufragar la Empresa de Servicios Temporales, tanto los exámenes médicos ocupacionales periódicos, de ingreso y de egreso de los trabajadores en misión.

¿Cómo se clasifica el Riesgo Profesional de las Empresas de Servicios Temporales?

El Decreto 1607 de 2002, define la actividad dedicada a la obtención y suministro de personal temporal o de empleos temporales, como Clase de Riesgo tres (3).

Claro está, que de acuerdo a la actividad que desarrolle el Trabajador en Misión en el lugar de trabajo de la Empresa Usuaria, las materias primas, insumos, procesos y demás que deba manipular y desarrollar, la ARP podría modificar la clasificación del riesgo.

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