Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Trámite para interponer denuncias por soborno transnacional


Trámite para interponer denuncias por soborno transnacional
Actualizado: 29 junio, 2018 (hace 6 años)

La Supersociedades tiene habilitado un canal para que las personas denuncien casos de soborno transnacional. Si usted conoce casos de tráfico de influencias, pago de coimas, interventoría desleal o descuido en el ejercicio público, denuncie. Aquí le contamos cómo hacerlo.

El día de ayer les contábamos sobre el nuevo canal con el que cuenta la Supersociedades para que la ciudadanía denuncie casos de soborno transnacional que conozcan.

El proceso inicia ingresando al Canal de denuncias por soborno internacional y respondiendo las siguientes 10 preguntas:

  1. Los hechos de soborno internacional pueden ser cometidos por personas jurídicas colombianas o sucursales en Colombia de personas jurídicas extranjeras. ¿Sabe usted el nombre de la persona jurídica involucrada que podría haber cometido hechos de soborno internacional? (el usuario responderá sí o no, en caso que la respuesta sea positiva, deberá indicar el nombre de la persona jurídica).
  2. Debido a que el soborno internacional implica que haya un ofrecimiento, promesa o pago de dinero o beneficios de cualquier tipo a un funcionario público de un país diferente a Colombia, es necesario saber el país en que este trabaja. Por favor indique el país de los funcionarios públicos extranjeros posiblemente involucrados en hechos de soborno internacional (el usuario seleccionará el país).
  3. ¿Sabe usted con cual entidad pública extranjera (esto incluye organismos de la rama judicial, legislativa o ejecutiva, empresas estatales o con participación de capital público) están vinculados los funcionarios? (el usuario debe escribir el nombre de la entidad pública extranjera).
  4. ¿Sabe usted el nombre y los cargos de los funcionarios públicos extranjeros que podrían estar involucrados? (Sí o no, de ser afirmativo debe indicar el nombre y cargo de funcionarios públicos extranjeros).
  5. ¿Tiene usted información acerca de las fechas en las que pudieran haber ocurrido los hechos? (Sí o no, en la primera opción deberá suministrar la fecha)
  6. La responsabilidad de personas jurídicas colombianas o sucursales en Colombia de personas jurídicas extranjeras por hechos de soborno internacional puede depender de actos realizados por sus administradores, socios, empleados o contratistas. ¿Tiene información de las personas que pudieron haber realizado pagos, prometido u ofrecido beneficios a un funcionario público extranjero a nombre de la persona jurídica? (Sí o no; cuando se cuente con la información, deberá indicar el nombre completo de la persona jurídica que podría estar involucrada).
  7. La persona puede realizar una descripción de los hechos que podrían ser útiles para determinar si se debe iniciar una actuación administrativa.
  8. ¿Desea aportar documentos con esta solicitud? (En esta opción el sistema le permitirá adjuntar documentos probatorios)
  9. ¿Esta información ha sido puesta en conocimiento de otra autoridad? (Sí o no; en caso de ser afirmativo indique cuál entidad).
  10. ¿Está interesado en que la Superintendencia de Sociedades se ponga en contacto con usted en caso de requerir mayor información? (Si está de acuerdo debe suministrar correo electrónico y número de teléfono)
“con base en ello tomará una decisión sobre si existen elementos suficientes para iniciar una actuación administrativa por hechos de soborno transnacional

Una vez presentada la anterior información, la Superintendencia de Sociedades la revisará y con base en ello tomará una decisión sobre si existen elementos suficientes para iniciar una actuación administrativa por hechos de soborno transnacional.

—> ¿Quiere interponer una denuncia de este tipo? Clic aquí.

Dentro de las investigaciones por este tipo de soborno, ¿qué hace la Supersociedades?

  • Realizar visitas de inspección para toma de información, que pueden incluir la captura de datos de equipos móviles y de cómputo.
  • Requerir documentos e información, datos, informes, libros y papeles del comercio.
  • Practicar interrogatorios, así como realizar cualquier actividad que la ley le concede para el ejercicio de sus funciones de inspección, vigilancia y control.

Las investigaciones que la Supersociedades adelanta son administrativas, lo que no impide la participación de la Fiscalía General de la Nación para que esta última realice las investigaciones penales necesarias. Una vez se abra una investigación, la Supersociedades trasladará los hechos a la Fiscalía General de la Nación.

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