Si a una empresa del grupo 2 le regalan un bono o tarjeta regalo, ¿cómo debe reconocerlo según los nuevos marcos contables?
Juan David Maya, contador público, docente y consultor en Normas Internacionales de Información Financiera, indica que si una entidad recibe cualquier tipo de regalo de un tercero, en este caso un bono o una tarjeta de regalo, este no puede clasificarse como efectivo o equivalente de efectivo porque no cumple con la definición; por consiguiente, se debe llevar a otros activos bajo el concepto “bonos de regalos”, siendo en este caso la contrapartida un ingreso porque se está generando un incremento patrimonial por valor del bono recibido.