Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Tratamiento contable del control conjunto entre sociedades


Actualizado: 29 mayo, 2019 (hace 5 años)

Respuesta de Juan David Maya a la pregunta en entidad del grupo 2

Si la entidad A posee el 60% de las acciones ordinarias de la entidad B, ¿en tal caso se puede concluir que existe control de A sobre B?

Juan David Maya, experto y consultor en Normas Internacionales menciona que en este caso en particular habrá control si la entidad que adquirió el 60 % de las acciones también adquiere el 60 % de los derechos de voto. Dicho control permite en gran medida tomar decisiones de peso en la entidad participada.

Vale la pena resaltar que las inversiones que otorgan control conllevan a la presentación de estados financieros consolidados, informes que califican como los estados financieros principales de quien figura como inversor.

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