Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Tratamiento contable para moldes utilizados en el proceso de producción


Tratamiento contable para moldes utilizados en el proceso de producción
Actualizado: 7 febrero, 2018 (hace 6 años)

En el proceso de producción de las empresas usualmente se requieren diferentes elementos para elaborar el producto final, entre estos los moldes. En este editorial explicamos cómo es el tratamiento contable ante la elaboración y venta de un molde que permanece en la entidad para futuros productos.

A continuación, daremos respuesta a la siguiente inquietud: ¿Una compañía que fabrica a un cliente un molde personalizado y se lo vende, pero debe mantenerlo dentro de la empresa fabricante, pues será utilizado para la elaboración del producto final, cómo debe manejar el reconocimiento inicial y posterior de tal bien, teniendo en cuenta que su fabricación, aunque no es el objeto social de la empresa, es fundamental para su desarrollo, y que, además, una vez vendido el bien sigue siendo controlado por el fabricante?

Para abordar este interrogante estudiaremos en detalle cada precisión de la pregunta, teniendo en cuenta que el molde lo utiliza la entidad para la fabricación del bien y posiblemente quedaría en la entidad para elaborar futuros productos al mismo cliente. Veamos.

  • Se precisa que la elaboración del molde no hace parte del objeto social de la empresa, pero es fundamental para su desarrollo. Por consiguiente, la fabricación del molde, por ser parte de la operación, es un ingreso ordinario y hace parte del objeto social de la entidad.
  • Otra precisión expone que el molde sigue siendo controlado por el fabricante. De modo que el fabricante, a pesar de tener el molde, no tiene el control sobre este porque es exclusivo del cliente, es decir, el control del molde está en manos del cliente. (La tenencia difiere del control).

Ahora bien, luego de realizar estas aclaraciones, se requiere abordar el tratamiento contable. Cuando la entidad le cobre al cliente por hacer el molde debe hacer un reconocimiento del ingreso por actividades ordinarias por la venta del molde, el cual pasa a ser controlado por el cliente, así permanezca en las instalaciones de la entidad para la elaboración de futuros productos.

Para simplificar, la entidad tendrá que aplicar la norma de inventarios para establecer el costo de producción del molde y reconocer el ingreso por actividades ordinarias por la venta del molde. De ahí en adelante, respecto al molde no se deben generar registros adicionales, puesto que su control de pasa al cliente.

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