Actualizado: 22 mayo, 2019 (hace 5 años)
Aquí hablaremos sobre...
- Contratación tipo “procesamiento de materias primas”
- Contratación tipo “suministro a todo costo”
- Devoluciones por calidad deficiente
- Traslado de mercancías para simular ganancias
Las entidades que contraten maquiladoras deben escoger entre contabilizar el costo como un servicio recibido o como una compra de mercancía. Cada tipo de contratación tiene características que deben observarse al momento de realizar su tratamiento contable, y a continuación las explicamos.
“Si el contratante se viera en la obligación de emitir una factura para trasladar los inventarios a la empresa maquiladora por razones legales, no debe contabilizar esa transferencia como un ingreso”
Generalmente, las empresas que contratan a las maquiladoras firman contratos con los cuales estas últimas reciben inventario de su contratante, lo procesan y lo devuelven después de la transformación del producto; sin embargo, también puede darse que la maquiladora ofrezca el servicio a todo costo. El siguiente sería el tratamiento en cada caso:
Contratación tipo “procesamiento de materias primas”
- En esta modalidad de contratación la empresa contratante le entrega materias primas, insumos y otros materiales a la empresa maquiladora.
- La maquiladora se encarga de aplicar los procedimientos establecidos por la empresa contratante, para que los productos adquieran las cualidades requeridas por dicha entidad.
- Si el contratante se viera en la obligación de emitir una factura para trasladar los inventarios a la empresa maquiladora por razones legales, no debe contabilizar esa transferencia como un ingreso, sino como un simple traslado entre bodegas.
Contratación tipo “suministro a todo costo”
- En esta modalidad el contratante le entrega a la maquiladora los requerimientos mínimos de calidad, presentación u otros aspectos.
- Esta última se encarga de comprar la materia prima y elaborar el producto que solicita el contratante.
- El contratante solo debe reconocer el inventario cuando obtenga los riesgos y beneficios significativos relacionados a la propiedad del inventario, como si comprara cualquier producto.
- Es posible que el contrato establezca que el contratante debe indemnizar a la maquiladora en caso de cancelar el contrato de suministro sin la debida anticipación.
- El anterior hecho no es suficiente para que el contratante tenga que reconocer el inventario previamente. En su lugar, si este llega a incumplir, deberá reconocer un gasto y un pasivo.
Devoluciones por calidad deficiente
Es los contratos de suministro de productos el contratante y la maquiladora deben proceder de la siguiente manera:
- El contratante no debería reconocer el inventario hasta tanto esté seguro de que este cumple los requerimientos mínimos.
- La maquiladora, si sus pedidos están sujetos a revisión por parte del contratante, no debería reconocer el ingreso hasta tanto se haya asegurado de que el pedido no será devuelto.
Traslado de mercancías para simular ganancias
- Algunas entidades que usan maquiladoras suelen transferirle materias primas a título de venta para generar utilidades en sus propios estados financieros.
- Este tipo de traslado de inventario, aunque se acompañe con una factura de venta, no debe ser reconocido como ingreso, ya que la entidad contratante mantiene los riesgos y ventajas asociados a la propiedad de tales materias primas.