Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Tratamiento de la intermediación laboral


Actualizado: 26 marzo, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta

¿La indemnización por tercerizar ilegalmente establecida en el artículo 2.2.8.1.41 del Decreto 1072 de 2015 se paga al trabajador o al Estado?

Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral, indica que mediante la Ley 1429 de 2010, se prohibió la intermediación laboral por parte de las cooperativas. Por tal razón, estas entidades no podían continuar suministrando personal a empresas usuarias.

Sin embargo, se permitió que las entidades denominadas como empresas de servicios temporales pudieran adelantar dicha labor. Estas cuentan con dos tipos de trabajadores: los trabajadores de planta y los trabajadores en misión. Los primeros son los encargados de desempeñar los cargos que se ejecutan al interior de la empresa de servicios temporales, mientras que los trabajadores en misión son aquellos que se encargan de suplir los cargos que se requieren en las empresas usuarias.

Otro aspecto importante a tener presente en el tema de la contratación a través de las empresas de servicios temporales es que los trabajadores en misión solo pueden ser contratados por un plazo máximo de un año.

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