Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Tratamiento de las incapacidades médicas que coinciden con día festivo o dominical


Actualizado: 3 septiembre, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta

¿Los días domingos y festivos deben ser computados para efectos de determinar la duración de una incapacidad médica laboral?

Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral menciona que, cuando un empleado es incapacitado por la EPS por una enfermedad de origen común, los dos primeros días deben ser asumidos por la empresa y los restantes por la EPS, a una tarifa del 66,67 % sobre el valor del salario devengado, pero si la enfermedad es de origen laboral quien asume las prestaciones económica es la ARL.

Otro punto importante para tener presente es que las incapacidades médicas se cuentan tomando los días calendario y no lo días considerados como hábiles. Por tal razón, si esta se presenta en domingo o un día festivo, estos deben ser contabilizados.

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