Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Tratamiento de las prórrogas en incapacidades de origen común


Actualizado: 3 junio, 2019 (hace 5 años)

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta 

¿Qué aspectos laborales deben ser considerados en las prórrogas de incapacidades de origen común? 

Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral señala que los trabajadores pueden llegar a ser incapacitados por una enfermedad de origen común o por una enfermedad de origen laboral, distinción que es muy importante hacer, pues de ello depende a quién le corresponde realizar el pago de la prestación económica, es decir, si a la empresa, a la EPS, al fondo de pensiones o a la ARL.

En ese sentido, si por ejemplo el trabajador es incapacitado por 30 días con una incapacidad de origen común, los primeros días los deberá asumir la empresa, y los restantes la EPS sobre el 66,67 % del salario devengado por el trabajador.

Por otra parte, también conviene mencionar que si durante la primera incapacidad el empleado no logra reestablecer su estado de salud, el médico tratante puede expedir una prórroga de la incapacidad.

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