Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Tratamiento del IVA en las ventas a plazos después de la Ley 1819 de 2016


Actualizado: 25 julio, 2017 (hace 7 años)

¿Qué tratamiento se le debe dar al IVA en las ventas a plazos después de la entrada en vigencia de la Ley 1819 de 2016?

Resuelta   13 de  julio  de 2017

Diego Guevara, contador público y líder de investigación en temas contables y tributarios, señala que hasta el año 2016 las empresas que realizaban ventas a plazo se guiaban por la normatividad dispuesta en los artículos 95, 275 y 286 del Estatuto Tributario.

Sin embargo, con la entrada en vigencia de la Ley 1819 de 2016 la normatividad mencionada fue modificada mediante los artículos 57, 121 y 376. En ese sentido, las empresas que tenían un saldo en la cuenta del pasivo al 31 de diciembre de 2016 por haber realizado ventas a plazo tienen que regirse ahora por lo dispuesto en el artículo 290, numeral 9 del Estatuto Tributario.

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