Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Tratamiento fiscal de los préstamos a socios sin cobro de intereses


Actualizado: 10 agosto, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta

¿Puede una entidad efectuar un préstamo a un socio por valor de 100 millones de pesos sin el cobro de intereses? ¿qué efectos fiscales genera dicha decisión?

Resueltas julio 25 de 2018

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios menciona que para atender la consulta se debe estudiar lo dispuesto en el artículo 35 del Estatuto Tributario, disposición normativa que establece que cuando una entidad realiza un préstamo a un socio, sin pactar intereses, a la hora de presentar la declaración se deben calcular unos intereses presuntivos, los cuales deben ser reconocidos con una tasa anual que para el año gravable 2018 fue del 5,21 % de acuerdo con lo indicado en el artículo 4 del Decreto 569 de marzo 23 de 2018.

 

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