Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
¿Cuál es el tratamiento fiscal del impuesto a la ganancia ocasional para las empresas que se ubican en las zonas francas?
Resueltas noviembre 22 de 2018
Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, aclara que las entidades ubicadas en zonas francas deben tributar sobre el impuesto de renta con una tarifa diferencial cuando califican como usuarias industriales o usuarias operadoras, de acuerdo con las instrucciones señaladas en el artículo 240-1 del Estatuto Tributario. Dicho beneficio no aplica para usuarias comerciales, toda vez que a estas se les obliga a responder por el impuesto de renta sobre la tarifa general.
Ahora bien, es de anotar que para estos contribuyentes no aplica ningún beneficio tributario sobre el impuesto a la ganancia ocasional, y que por lo tanto deben atender los criterios que establecen los artículos 303 y 317 del Estatuto Tributario.