Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Tratamiento tributario de declaración de renta de persona natural no residente


Actualizado: 29 agosto, 2017 (hace 7 años)

Se entiende que un no residente que solo posee una propiedad en Colombia no queda obligado a declarar renta, pero, ¿qué sucede si esa persona decide vender ese bien?, ¿ese ingreso se puede convertir en ganancia ocasional por no haberlo declarado?

Resuelta 17  de  agosto de 2017

Diego Guevara, contador público y líder de investigación en temas contables y tributarios, menciona que lo primero que se debe analizar al elaborar una declaración de renta de una persona natural, es la condición de residencia para efectos fiscales, la cual se puede estudiar en el artículo 10 del Estatuto Tributario.

Seguido a ello se debe tener muy en claro que si la persona natural efectivamente es residente en Colombia, esta deberá declarar los ingresos tanto de fuente nacional como de fuente extranjera, de lo contrario, solo estarán sujetas al impuesto de renta por los ingresos obtenidos de fuente nacional de conformidad con lo que establece el artículo 9 del ET.

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