Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Tratamiento tributario de la venta de un taxi en la declaración de renta de persona natural


Actualizado: 11 agosto, 2017 (hace 7 años)

Una persona natural compró un taxi en el 2015 y lo vendió en el 2016 por valor de 80 millones, pero no se realizó el traspaso, en tal situación, ¿qué manejo tributario le aplica en la declaración de renta que corresponde al año gravable 2016?

Resuelta 03 de Agosto de 2017

Diego Guevara, contador público y líder de investigación en temas contables y tributarios, menciona que cuando se trata de un taxi, este lo componen dos valores: el valor del vehículo como tal y el valor del cupo.

Ahora bien, como no se tiene la información suficiente se va asumir que el carro tenía un costo de 20 millones y el resto de los 80 millones relacionados en la consulta hacía parte del valor del cupo, es decir, 60 millones, por consiguiente, se debe reconocer unos ingresos de 20 millones como renta ordinaria, bajo el supuesto que el taxi estuvo en manos del contribuyente por menos de dos años, al cual se le deberá enfrentar el costo fiscal, sin embargo, como no se hizo el traspaso, el taxi sigue siendo de la  persona que realizó la venta, por lo tanto, esta persona deberá reconocer en su patrimonio solo un pasivo de 20 millones.

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