Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Tratamiento tributario de las cesantías después de la Ley de financiamiento 1943 de 2018


Actualizado: 22 enero, 2019 (hace 5 años)

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta 

¿Cuál es tratamiento que se debe aplicar a las cesantías después de la entrada en vigor de la ley de financiamiento?

Resueltas enero 10 de 2019

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios señala que la Ley 1943 de 2018 incorporó al artículo 27 del Estatuto Tributario –ET– las disposiciones formuladas en el artículo 1.2.1.20.7 del Decreto 2250 de 2017 sobre la realización de las cesantías, el cual a su vez modificó al Decreto único reglamentario 1625 de 2016. Es decir, dichas disposiciones fueron elevadas a la categoría de norma con fuerza de ley.

El nuevo artículo 27 del ET prescribe que las cesantías se entienden realizadas cuando el empleador las paga al trabajador, o al momento de su consignación en un fondo, y se siguen considerando renta exenta, pues el numeral 4 del artículo 206 del ET no sufrió modificaciones.

Para leer más sobre este tema, vaya al análisis Cesantías consignadas en febrero de 2019 no se someterán a retención en la fuente.

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