Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Tratamiento tributario de las indemnizaciones recibidas por las víctimas del conflicto armado


Actualizado: 4 mayo, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta

¿Las indemnizaciones recibidas por las víctimas civiles del conflicto armado en Colombia por la muerte de un familiar, están gravadas con impuesto sobre la renta?

Resueltas 26 de abril del 2018

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, señala que, si una persona natural declara renta y recibe ingresos por concepto de indemnización por la muerte de un familiar ocasionados por el conflicto armado, dichos valores se entenderán como ingresos gravados, puesto que, en la revisión de los artículos 36 al 56 y 206 al 235 del Estatuto Tributario (disposiciones en las cuales se valida los ingresos no gravados o las rentas exentas) no se encuentran mencionados.

Igualmente, es importante mencionar que, una vez la entidad del Estado esté efectuando el pago, podrá aplicar la retención en la fuente a una tarifa del 20%, de acuerdo con las instrucciones que menciona el artículo 401-2 del Estatuto Tributario

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