Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Tratamiento tributario de los gastos de desplazamiento y permanencia pagados a un contratista


Actualizado: 12 noviembre, 2021 (hace 2 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

¿Cuál es el tratamiento tributario de los gastos de desplazamiento, permanencia y viaje pagados a un contratista?

Pregunta resuelta 28 de octubre de 2021

A continuación, el Dr. Diego Guevara, líder de investigación tributaria de Actualícese, explica cuál es el tratamiento tributario de los gastos de desplazamiento, permanencia y viaje pagados a un contratista, de acuerdo con el Concepto 908123 de agosto de 2021.

Complementa esta respuesta visitando nuestro análisis Duración del contrato y deducción de los gastos con un contratista independiente.

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