Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Tratamiento tributario en el impuesto de renta de las pérdidas fiscales


Actualizado: 12 enero, 2021 (hace 3 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

Si una sociedad se constituyó durante el 2020 y se acogió al régimen simple, pero arrojó pérdidas fiscales y por eso quiere regresar en el 2021 al régimen ordinario ¿Podrá tomar esa pérdida fiscal del 2020 y utilizarla como compensación en la declaración de renta del régimen ordinario del año gravable 2021?

Pregunta resuelta enero 07 de 2021

En este consultorio, el Dr. Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, analiza cuál es el tratamiento tributario en el impuesto de renta de las pérdidas arrojadas en 2020 por una sociedad constituida en dicho año, acogida al régimen simple de tributación y que quiere regresar al régimen ordinario para 2021.

Para conocer las razones para eximir al contribuyente de las sanciones por corrección y por inexactitud, se recomienda estudiar el artículo 647-1 del Estatuto Tributario –ET–.

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