Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

UGPP: término para sancionar a empleadores


UGPP: término para sancionar a empleadores
Actualizado: 29 noviembre, 2021 (hace 2 años)

La Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales –UGPP– cuenta con un término máximo para imponer sanciones a los empleadores que incumplan sus obligaciones en el sistema de seguridad social.

A continuación, realizaremos un estudio de este término y de los motivos para imponer dichas sanciones.

La Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales –UGPP– tiene la facultad de imponer sanciones a los empleadores que incumplen sus obligaciones con el sistema de seguridad social.

Estas sanciones se dan principalmente por omitir la afiliación a seguridad social de los trabajadores dependientes o realizar los aportes a salud, pensión, riesgos laborales o parafiscales por un valor inferior al real.

En el siguiente video, Angie Marcela Vargas, abogada consultora en derecho laboral, responde el siguiente interrogante: ¿cuál es el término que tiene la UGPP para investigar y sancionar a los empleadores?

UGPP: término máximo para imponer sanciones a los empleadores

Atendiendo a lo dicho, el parágrafo 2 del artículo 178 de la Ley 1607 de 2012 indica que la UGPP tiene un término de cinco (5) años contados a partir de la fecha en la que el aportante debió declarar o se configuró el hecho sancionable o, en su defecto, desde la fecha en la que el reporte se presentó de forma extemporánea o se corrigió, para adelantar los correspondientes procesos e imponer sanciones a los empleadores.

Al respecto, debe tenerse en cuenta que en este caso se habla solamente de la facultad de la UGPP para solicitar el pago de los aportes e imponer las respectivas sanciones, toda vez que, en el caso de los aportes a pensión, estos pueden ser exigidos en cualquier momento, lo cual puede realizarse mediante un proceso judicial.

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