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Derecho Comercial  - 5 febrero, 2026

Última fecha de ReteICA 2025: agentes retenedores tienen plazo hasta el 16 de enero



Actualizado: 9 enero, 2026 (hace 1 mes)

El ReteICA es la retención del impuesto de Industria y Comercio -ICA-. La recomendación es que los contribuyentes bogotanos usen los canales oficiales para hacer el pago. 

La Secretaría de Hacienda de Bogotá recordó a los agentes retenedores del impuesto de Industria y Comercio (ICA) que el plazo para presentar la declaración de ReteICA y pagar la obligación correspondiente al sexto bimestre del 2025 (noviembre–diciembre) vence el 16 de enero de 2026.

El ReteICA es la retención del impuesto de Industria y Comercio -ICA-. En la práctica, significa que algunas entidades o empresas autorizadas descuentan una parte del impuesto cuando hacen pagos por servicios o actividades que están gravadas con ICA, y luego deben declararla y consignarla ante la Secretaría de Hacienda de Bogotá.

¿Cómo declarar y pagar?

Opción en línea: Ingrese a la Pagos Bogotá, seleccione ICA–ReteICA, diligencie la información, presente la declaración y pague en línea.

Opción pago presencial: Desde Pagos Bogotá también se puede generar y descargar el recibo para pagar en las entidades bancarias autorizadas.

¿Quiénes deben presentar ReteICA?

Deben presentarlo quienes actúan como agentes retenedores, es decir, quienes están autorizados para practicar esa retención. Entre los más comunes están:

  • Entidades públicas
  • Grandes contribuyentes definidos por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN)
  • Agentes designados por la Dirección de Impuestos de Bogotá
  • Intermediarios o terceros que participan en operaciones donde aplica la retención

¿Qué debe tener el certificado de retención?

Quienes retienen ICA deben entregar un certificado con datos básicos como:

  • Año y ciudad donde se practicó la retención
  • Nombre o razón social y NIT del retenedor
  • Dirección del retenedor
  • Nombre o razón social y NIT de la persona o empresa a la que se le practicó la retención
  • Valor total del pago y valor retenido
  • Concepto de la retención y firma del responsable

Canales oficiales

La Secretaría de Hacienda de Bogotá recuerda que todos los servicios son gratuitos y recomienda no acudir a tramitadores. Si necesita ayuda, puede consultar los canales oficiales:

Fuente: Secretaría de Hacienda de Bogotá.

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