Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Una mirada a los Organismos Nacionales de la profesión del Contador Público


Actualizado: 21 febrero, 2008 (hace 16 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • ¿Quienes vigilan e inspeccionan?
  • ¿Y la Colegiatura?
  • En resumen...

¿Quienes vigilan e inspeccionan?

Los entes encargados de inspeccionar y vigilar el orden, el cumplimiento de las normas y la calidad que se está ejerciendo dentro de la profesión contable nacional son tres:

1) Junta Central de Contadores

La Junta Central de Contadores, bajo la presidencia del Dr. Luis Alonso Colmenares, es el órgano responsable de llevar a cabo el registro y control de los contadores públicos y personas jurídicas prestadoras de servicios contables.

Otorga la tarjeta profesional y de registro, documentos habilitantes para ejercer la profesión en nuestro país.

Tiene la tarea de velar porque la contaduría pública solo sea ejercida por contadores públicos debidamente inscritos y de conformidad con las normas legales, sancionando en los términos de ley a quienes violen tales disposiciones. De igual manera, vigila que sus ejecutores desarrollen las tareas encomendadas dentro de los cánones éticos y de interés común, así como también investiga las conductas atentatorias del ordenamiento ético y sanciona a los responsables de dicha vulneración.

En resumen… la JCC tiene como funciones principales:

  • efectuar la inscripción de los contadores públicos, suspenderla o cancelarla cuando haya lugar a ello, y llevar a cabo su registro;
  • expedir la tarjeta profesional y su reglamentación, además de las certificaciones que correspondan al ámbito de sus competencias institucionales;
  • denunciar ante las autoridades a quien se identifique y firme como contador público sin estar inscrito como tal;
  • hacer que se cumplan las disposiciones sobre ética profesional y, establecer juntas seccionales y delegar en ellas las funciones indispensables para facilitar la adecuada prestación de sus servicios.

Para más información sobre la JCC – http://www.jccconta.gov.co

2) Consejo Técnico de la Contaduría

Es el órgano encargado de la orientación técnico-científica de la profesión contable, cuyas responsabilidades y funciones están determinadas en los artículos 14, 29 y 33 de la Ley 43 de 1990. Desde 1992, año en el que inició labores, ha emitido un total de nueve Pronunciamientos o Disposiciones Profesionales, hoy sin fuerza vinculante, además de dos Orientaciones Profesionales.

Su presidente es el Dr. Rafael Franco Ruiz y como órgano asesor y consultor, se ha pronunciado a través de más de trescientos conceptos en respuesta a consultas que le han sido formuladas, relacionadas con diferentes temas que son de interés para la comunidad empresarial y contable del país.

Ha sido durante su existencia el máximo órgano de dirección y orientación técnico científica de la profesión contable y su actividad ha ganado permanentemente reconocimiento social, el cual ha sido expresado por organizaciones profesionales. http://www.jccconta.gov.co/consejot/news.php

3) Contaduría General de la Nación

La Contaduría General de la Nación es una entidad que tendrá un reconocido posicionamiento en el sector Hacienda; producirá información contable pública con calidad y de manera oportuna; apoyará el cometido estatal de la cultura de rendición de cuentas y será el Administrador del Consolidador de Hacienda e Información Financiera Pública.

Sus responsabilidades pasan por determinar las políticas, principios y normas de contabilidad que deben regir en el sector público colombiano; centralizar y consolidar la información contable y elaborar el Balance General de la Nación.

Entre las funciones que tiene, se destacan entro otras, determinar las políticas, principios y normas sobre contabilidad, que deben regir en el país para todo el sector público; establecer las normas técnicas generales y específicas, sustantivas y procedimentales, que permitan uniformar, centralizar y consolidar la Contabilidad Pública; llevar la Contabilidad General de la Nación, para lo cual expedirá las normas de reconocimiento, registro y revelación de la información de los organismos del sector central nacional; conceptuar sobre el sistema de clasificación de ingresos y gastos del Presupuesto General de la Nación, para garantizar su correspondencia con el Plan General de Contabilidad Pública y señalar y definir los Estados Financieros e Informes que deben elaborar y presentar las Entidades y Organismos del Sector Público. http://www.contaduria.gov.co/

¿Y la Colegiatura?

La Colegiatura Profesional de los Contadores Públicos fué Constituida con fundamento en el artículo 26 de la Constitución Política de Colombia. Su asamblea de constitución se celebró el 4 de mayo de 2006 con más 6.000 profesionales inscritos como fundadores. A la fecha ya tiene protocolizado sus estatutos, su acta de constitución y el acta conciliatoria de los estatutos según lo ordenó la Asamblea de Constitución en la Escritura Pública 1444 de la Notaría Quince de Bogotá, con registro en la Cámara de Comercio de Bogotá y el respectivo registro en el Rut de la DIAN.

Este proceso de constitución y legalización, al igual que el proceso de elaboración de los estatutos logró su éxito por la participación activa del Dr. Isidoro Arévalo Buitrago. Su objeto social es, “Aunar, representar y defender a todos los contadores públicos, sin distingo alguno, cualquiera sea el lugar en que se encontraren, y promover la formación integral de los contadores públicos y de quienes aspiren a serlo para que sean gestores de cambio en el nuevo contexto de los negocios y de la economía nacional e internacional.”

Son parte de este proyecto las siguientes organizaciones gremiales, académicas, científicas y estudiantiles y sus correspondientes organizaciones gremiales federadas: Confederación de Asociaciones de Contadores Públicos de Colombia (Confecop), Federación Colombiana de Colegios de Contadores Públicos, Red Colombiana de Facultades de Contaduría Pública (Redfacont), Asociación Colombiana de Facultades de Contaduría Pública (Asfacop), Federación de Contadores Públicos de Colombia (Fedecop), Fundación para la Investigación y desarrollo de la Ciencia Contable (Fidesc), Colegio Colombiano de Contadores Públicos Unilibristas (Copun), Centro Colombiano de Investigaciones Contables (Ccinco) y la Federación Nacional de Estudiantes de Contaduría Pública (Fenecop).

En cuanto a la creación de seccionales ya están, legalmente creadas, las de Armenia, Bogotá y Neiva, y conocemos de varias ciudades como Montería, Cartagena, Medellín y Cali que avanzan en el proceso de lograrlo.

Su Asamblea Nacional Ordinaria se hará en el primer semestre del 2008. Para decidir la aprobación de un proyecto de ley solicitándole al gobierno nacional la delegación de funciones públicas al Colegio de Contadores Públicos de Colombia en desarrollo del artículo 26 de nuestra Constitución Política.

Finalmente, sus cabezas directivas son Rafael Barrera Gallón, Presidente; Héctor Jaime Correa, Primer Vicepresidente y José Hernando Zuluaga Marín, Segundo Vicepresidente.

En resumen…

1. Hay un Regulador de la contabilidad del sector público en el Contador General de la Nación y la Contaduría General de la Nación

2. Se tiene el control y la vigilancia disciplinaria de los Contadores Públicos en el Tribunal Disciplinario de la Junta Central de Contadores,

3. Se tiene la orientación técnico-científica de la profesión en el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, todos por mandato de ley;

4. La Colegiatura Profesional, que se construye con el ánimo de que seamos los mismos contadores quienes administremos nuestra profesión, que ha crecido en más de siete mil contadores por año en lo corrido del siglo XXI y que sobrepasa los 137.000 Contadores Públicos inscritos ante la Junta Central de Contadores.

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