Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Uso de dispositivos electrónicos de seguridad en operaciones de comercio exterior fue regulado


Actualizado: 26 marzo, 2018 (hace 6 años)

La Dian estableció las características y elementos técnicos de los dispositivos electrónicos de seguridad utilizados en el seguimiento y control de las operaciones de comercio exterior.

Estos deberán contar con una terminal móvil de datos diseñada específicamente para prestar servicios de seguimiento y control remoto o telemático a la mercancía, la carga, la unidad de carga o los medios de transporte, para así asegurar la carga gracias a un monitoreo las 24 horas en tiempo real.

Por otra parte, la entidad define las facultades, los requisitos y la forma de selección de los operadores que vayan a proveer el servicio a los obligados a instalarlos.

De igual forma, se fijan las características de los dispositivos de seguridad, las capacidades técnicas mínimas y el manejo de dichas herramientas. Finalmente, señala que estas disposiciones entrarán a regir a los 15 días comunes siguientes a su publicación en el Diario Oficial.

Fuente: Dian.

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