Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Va a presentar su declaración de renta? Atento a las novedades normativas


¿Va a presentar su declaración de renta? Atento a las novedades normativas
Actualizado: 8 junio, 2018 (hace 6 años)

La Ley 1819 de 2016 introdujo múltiples cambios al impuesto de renta por el año gravable 2017 y siguientes, reglamentados en el Decreto 2250 de 2017, donde se establece el tema de cedulación y retefuente sobre rentas de trabajo y dividendos para las personas naturales residentes y no residentes.

Siendo el año gravable 2017 el primero donde se debe emplear el tema de la cedulación, el cual solo aplica a las personas naturales residentes, y sin importar si están o no obligadas a llevar contabilidad, es importante destacar que, por el año gravable en mención, se dio inicio por primera vez a la presentación de las declaraciones del monotributo, las cuales fueron diseñadas para ciertas personas naturales, que quedaron exoneradas de presentar su declaración anual tradicional en los formularios 110 y 210. Por lo anterior, se debe analizar las consecuencias tributarias para aquellas personas que se acogieron al monotributo durante el 2017, y para aquellas que piensen hacerlo durante el año gravable 2018.

Durante julio de 2018, el Dr. Diego Guevara, contador público de la Universidad del Valle con amplia experiencia en el manejo del tema de impuestos nacionales, y conferencista en las más recientes reformas tributarias, estará impartiendo capacitaciones presenciales en Bogotá, Medellín, Cali y Armenia, donde se tratarán aspectos como:

  • Todos los cambios que la Ley 1819 de diciembre de 2016 introdujo a los temas sustantivos y de procedimiento tributario, relacionados con el impuesto de renta y de las personas naturales residentes y no residentes.
  • La aplicación de los efectos que se derivan del Decreto 1966 de 2014, con el cual el gobierno nacional señaló los 37 países y/o territorios que, durante 2017, serían considerados paraísos fiscales.
  • La obligatoriedad o no de responder por la presentación de la declaración adicional de activos en el exterior, a enero 1 de 2018.
  • Los efectos de haber efectuado o no durante el año 2017 las normalizaciones tributarias de activos omitidos y/o pasivos inexistentes.
  • La obligatoriedad o no de haber tenido que responder, adicionalmente, durante mayo de 2018, por la presentación de la cuarta y última declaración del impuesto a la riqueza.
  • La expedición, durante el año 2017 y lo corrido del 2018, de diversos decretos reglamentarios relacionados con las obligaciones tributarias (formales y/o sustanciales) de las personas naturales frente al impuesto de renta.
  • La aplicación de las múltiples doctrinas y resoluciones expedidas por la Dian durante los años 2016, 2017 y comienzos 2018.

Diego Hernán Guevara

Contador público de la Universidad del Valle, con amplia experiencia en el manejo del tema de impuestos nacionales; conferencista en las más recientes reformas tributarias, ex miembro de la firma Deloitte & Touche Ltda. y de la firma Cabrera y Asociados S.A. de Cali; profesor en programas de diplomados, y escritor de artículos para la revista Impuestos y del periódico Ámbito Jurídico de Legis. Actualmente, es el líder de investigación contable y tributaria en Actualícese.

A través de esta capacitación presencial de 8 horas, podrás acceder a los elementos teóricos y prácticos realizados por el conferencista e interactuar con él para obtener respuesta a todas tus inquietudes. Además, tendrás acceso a las herramientas descargables, liquidadores avanzados para el diligenciamiento de formularios y formatos, análisis de normatividad y un informe especial temático sobre las Novedades para la presentación de la declaración de renta para personas naturales año gravable 2017. Finalmente, quienes tomen esta conferencia tendrán su respectiva certificación de asistencia.

Actualícese lanzó a la venta esta capacitación con un precio de lista de $ 590.000; quienes deseen adquirirlo, lo pueden hacer con los descuentos de compra anticipada (hasta del 40%) y los descuentos permanentes para los suscriptores digitales y Oro. Separa tu cupo, ingresando aquí.

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