Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Vacaciones para trabajadores de medio tiempo


Vacaciones para trabajadores de medio tiempo
Actualizado: 22 diciembre, 2017 (hace 6 años)

Algunas modalidades de contratación laboral generan traumatismos a la hora de calcular las prestaciones sociales que del contrato se derivan. Esta vez traemos el caso de las vacaciones de los trabajadores que laboran en jornadas de medio tiempo, con algunas particularidades que podrían presentar.

Los trabajadores dependientes que laboran en jornadas de medio tiempo tienen derecho a disfrutar de sus vacaciones en los mismos términos en que las disfrutan aquellos trabajadores que laboran en jornada de tiempo completo; así las cosas, cuando el trabajador de medio tiempo complete un año de servicio para una misma empresa se causará el derecho a recibir 15 días hábiles de vacaciones, sin que ello implique que solo corresponda a medios días, o que el tiempo de vacaciones se reduzca a la mitad. Analicemos algunas vicisitudes que pueden presentarse al momento de causarse las vacaciones de estos trabajadores.

Trabajador de medio tiempo que trabaja día de por medio

Supongamos que una empresa que funciona de lunes a viernes contrata a un trabajador en jornada de medio tiempo y además solo trabaja día por medio, es decir que va a la empresa los días lunes, miércoles y viernes. Ahora supongamos que toma su período vacacional a partir del día de mañana, es decir, 26 de diciembre de 2017, porque hoy es festivo, así que los días efectivamente disfrutados se contabilizan de la siguiente forma:

Diciembre

Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo

25

26

27

28

29

30

31

Enero

01

02

03

04

05

06

07

08

09

10

11

12

13

14

15

16

17

18

19

20

21

 

Como se observa, el período vacacional de este trabajador se ampliará a 23 días calendario porque se le cruzan tres días festivos, como se ilustra en el calendario, así que todos estos días deberán ser remunerados por el empleador con el salario que este trabajador de medio tiempo se encontraba devengando al momento de entrar a disfrutarlas.

“no se debe pensar que en este caso concreto el trabajador deba descansar 15 días, contabilizando únicamente los días que trabaja (lunes, miércoles  y viernes), pues en tal caso las vacaciones podrían durar hasta 5 semanas”

Las vacaciones consisten en el cese de las funciones del trabajador durante un período de 15 días hábiles. Así las cosas, no se debe pensar que en este caso concreto el trabajador deba descansar 15 días, contabilizando únicamente los días que trabaja (lunes, miércoles  y viernes), pues en tal caso las vacaciones podrían durar hasta 5 semanas teniendo en cuenta que cada semana él labora tres días; lo que el Código Sustantivo del Trabajo expresa en su artículo 186 es que será en todo caso 15 días hábiles de vacaciones por un año de servicio.

Trabajador que la labora medio tiempo en una empresa y medio tiempo en otra

Si el trabajador en mención labora en jornada de medio tiempo en dos empresas, es decir que en la mañana trabaja en una y en la tarde en la otra, podrá presentar dos situaciones al momento de que se cause su derecho a disfrutar de las vacaciones:

  1. Que se causen y disfruten en tiempos distintos: esto es lo más común que puede ocurrir, toda vez que es poco probable que una persona sincronice los tiempos de ingreso a dos empresas, por lo que ello implica que salga a disfrutar de 15 días de vacaciones en una empresa, pero tenga que seguir trabajando medio tiempo en la otra, hasta que haya lugar a que en la otra empresa pueda disfrutar de sus vacaciones (luego del año de servicio), con lo que se podría decir que en teoría el trabajador goza de 30 días hábiles de vacaciones.
  2. Que se causen y disfruten al mismo tiempo: como expresamos anteriormente, es difícil que la fecha de entrada a las dos empresas se dé en simultaneidad, no obstante, una vez se cause el derecho a disfrutar las vacaciones, luego de un año de trabajo en cada empresa, el trabajador de medio tiempo puede solicitarlas en ambas empresas en una misma fecha, lo que significará que gozará solo de los 15 días hábiles que le otorga la ley; de él dependerá la fecha que elija para que al momento de disfrutarlas se amplíen como se explicó de acuerdo al primer ejemplo de este editorial.

Material relacionado:

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,